El proyecto que el oficialismo busca aprobar en el Senado eleva de manera significativa los pisos de la evasión tributaria. La iniciativa modifica el Régimen Penal Tributario y redefine cuándo corresponde una denuncia penal.

El oficialismo intentará que el Senado apruebe este viernes el proyecto de Inocencia Fiscal, una iniciativa que redefine los montos a partir de los cuales la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) denunciará penalmente a un contribuyente por evasión. La propuesta apunta a incentivar la exteriorización de dólares adquiridos en el mercado paralelo durante el cepo cambiario y a dar mayor previsibilidad jurídica.
La iniciativa, impulsada por el Gobierno nacional y respaldada públicamente por el ministro de Economía Luis Caputo, introduce cambios en el Régimen Penal Tributario, en el Código Civil y Comercial y en el Régimen de Procedimiento Tributario. Según el funcionario, se trata de una herramienta clave para sostener el crecimiento económico.
Uno de los ejes centrales del proyecto es la actualización de los montos que configuran delito. De acuerdo con el nuevo esquema, la evasión simple comenzará a ser delito a partir de los 100 millones de pesos, cuando hasta ahora el umbral era sensiblemente menor. Al respecto, el socio del Departamento de Impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, Martín Caranta, explicó: “La evasión empieza a ser delito ahora a partir de $100 millones. La evasión simple se configura con un mínimo de $100 millones, pero, en rigor, no todo lo que supera ese importe es evasión, porque la evasión tiene dos conceptos: uno, que es la condición objetiva, que es superar el piso que impone la ley, y otra es la cuestión subjetiva, es decir, haber tenido, por fin, transgredir una obligación impositiva”.
En cuanto a la evasión agravada, el proyecto eleva el monto general de $15.000.000 a $1.000.000.000. No obstante, cuando intervengan personas humanas o jurídicas interpuestas, estructuras societarias, instrumentos fiduciarios o jurisdicciones no cooperantes para ocultar al verdadero sujeto obligado, el piso se fija en $200.000.000, frente a los $2.000.000 vigentes. El mismo criterio se aplica cuando se utilizan de forma fraudulenta exenciones o beneficios fiscales.
También se actualizan los montos vinculados al uso de documentación apócrifa. En los casos en que se empleen facturas o documentos ideológica o materialmente falsos, la evasión agravada se configurará cuando supere los $100.000.000, muy por encima del umbral actual.
Desde el sector tributario señalaron que la reforma responde a un fuerte desfasaje de los valores vigentes. La gerente de impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, Noelia Girardi, sostuvo: “El problema es que muchos de esos montos llevan años sin actualizarse y hoy se encuentran claramente desfasados respecto de la realidad económica. El proyecto de Inocencia Fiscal propone elevar de manera significativa los umbrales previstos en la Ley Penal Tributaria”. Aclaró, además, que no se eliminan delitos ni sanciones graves: “Conceptos que no dependen de montos, como la insolvencia fiscal fraudulenta o la alteración de registros, no sufren modificaciones”.
El contador Marcos Felice también avaló los cambios, al considerar que los montos anteriores eran “irrisorios” y generaban denuncias generalizadas. Sin embargo, advirtió que la demora en el tratamiento legislativo provocó que los nuevos valores ya queden desactualizados frente a la inflación, dado que el primer ajuste automático sería en enero de 2027.
Desde una perspectiva judicial, Caranta señaló que la reforma aliviaría la carga de los tribunales. Explicó que la práctica habitual de ARCA es denunciar y dejar en manos del juez la definición sobre la existencia de evasión, lo que con montos bajos derivó en una acumulación de causas penales. “Además, perjudica al aparato judicial, que se lo paga con presupuesto. Que la justicia intervenga en causas con montos exiguos le sale caro a la economía argentina”, afirmó.
El especialista también remarcó que, de aprobarse la ley, muchas causas en trámite dejarían de ser delito, lo que aportaría previsibilidad a los contribuyentes. Aun así, advirtió que el nuevo piso sigue siendo bajo en términos históricos, ya que la Justicia solía intervenir en casos equivalentes a unos 100.000 dólares y ahora el umbral rondaría los 66.000.
No obstante, el proyecto también generó cuestionamientos, especialmente por la actualización de las multas automáticas. El CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, alertó que los incrementos pueden afectar a pequeñas y medianas empresas. “Los montos de incremento que tiene el proyecto son muy importantes. Por ejemplo, la multa del artículo 38, que hoy son de $200 para personas humanas, pasa a $220.000 y para personas jurídicas, de $400 a $440.000”, explicó.
Estas sanciones se aplican por la falta de presentación en tiempo y forma de declaraciones juradas. Domínguez advirtió que un atraso mínimo, incluso de un día, puede derivar en multas elevadas para pymes con dificultades administrativas. Durante el debate en Diputados, el peronismo impulsó cambios para que el monto de la multa se ajuste según el tipo de contribuyente.

