El intendente Mauro Poletti elevó un proyecto de ordenanza para declarar la “Emergencia Económica, Administrativa y Financiera” del municipio de Ramallo. El proyecto fue tratado por el Concejo Deliberante, que lo terminó aprobando sin mayores sobresaltos.

La emergencia tendrá un periodo desde el 11 de diciembre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024, con la posibilidad de extenderla durante otros seis meses o interrumpirla si la situación mejora. Y le concede al intendente una serie de atributos para disponer de la utilización de fondos afectados, reordenar al personal municipal y renegociar contratos y deudas con proveedores.
El proyecto aprobado faculta al intendente a garantizar la prestación de los servicios públicos, a su vez de velar por la ejecución de los contratos, convenios, acuerdos, a cargo de la municipalidad centralizada, sus delegaciones, organismos descentralizados, y en especial, el hospital José María Gomendio y sus unidades sanitarias. El Departamento Ejecutivo podrá dar por concluido dicho estado de emergencia antes de la fecha estipulada si considera superada la situación.
Por otro lado, se atribuye al Ejecutivo a establecer regímenes generales o particulares de compensación de deudas y créditos del tesoro municipal con otros entes no financieros del sector público nacional, provincial.
También pone en consideración los contratos vigentes y su evaluación. El gobierno podrá reprogramar plazos y a resolver contratos de suministro de obra, locación de servicios y consultoría celebrados con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, siempre que ello implique una mejora para el municipio respecto de la situación de emergencia considerada.
Además, se faculta asimismo a renegociar los subsidios otorgados a entidades de bien público, así como los cánones y contraprestaciones ya establecidas por el uso de bienes objetos de cada concesión.
Uno de los puntos polémicos, donde la oposición puso su advertencia, es en la posibilidad de que el intendente pueda revocar nombramientos de personal y reubicar empleados. Según el artículo quinto de la norma, el intendente tendrá la posibilidad de revisar y eventualmente revocar los nombramientos de personal que se hubiera incorporado en los últimos 12 meses a la planta permanente del municipio. En tanto, también podrá reubicar al personal de la planta municipal cuando razones de servicio y funcionamiento administrativo así lo requieran.
Sobre los fondos municipales y partidas presupuestarias, el gobierno tendrá facultad de reasignar partidas estableciendo prioridades de ejecución de las mismas a los efectos de no interrumpir la normal prestación de servicios y disponer y utilizar fondos municipales afectados a los efectos de poder pagar haberes a los empleados municipales.

