A través de un descargo dirigido a los Colegios de Abogados, de Magistrados y a funcionarios judiciales, la titular del Juzgado Contencioso Administrativo, María Isabel Fulgheri, defendió que la empresa Luciano S.A. tribute como terreno baldío un predio de 17 hectáreas ubicado en Costanera Alta. La jueza afirma, en el escrito, que no se expidió sobre el monto ($47.000) que tributa la firma propietaria del inmueble, que dispone de todos los servicios. Entiende que debe abonar lo correspondiente a Red vial y no a Desarrollo Urbano. Una resolución que carece de sentido común, en virtud de que termina pagando casi lo mismo que el titular de un inmueble con pocos metros de frente.

De la redacción de EL NORTE
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La Justicia no es justicia sino está basada en el sentido común. Es decir, si no aplica la ley con racionalidad, equidad y realismo, conectando las normas abstractas con la realidad concreta. En otras palabras, la Justicia y el sentido común deben ir de la mano para que el sistema sea funcional y aceptado por la sociedad.
La resolución de la jueza María Isabel Fulgheri, titular del Juzgado Contencioso Administrativo del Departamento Judicial San Nicolás, en relación al expediente Luciano S.A. contra Municipalidad de San Nicolás tiene poco de racional, de equitativo y de realismo.
Tal como publicara EL NORTE, la empresa Luciano S.A. es propietaria de un terreno de alrededor de 370.000 m2 ubicado en la zona norte de San Nicolás. Se trata de una parcela de 37 hectáreas que posee zonificación RIU, es decir, Reserva de Interés Urbano, conforme a lo que se estipula en el Código Urbano Ambiental, puesto que cuenta con la totalidad de los servicios y está rodeado de barrios consolidados de la ciudad.
En el año 2022, el municipio comenzó a liquidarle la tasa de Desarrollo Urbano a dicho inmueble puesto que, hasta ese momento, tributaba como parcela rural, es decir, terreno baldío. El inmueble se encuentra en una zona consolidada y considerada como una de las de mayor proyección inmobiliaria, con infraestructura vial, servicios públicos y planificación municipal específica, dejando, así, un encuadre urbano.
A través de dos demandas ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo, Luciano S.A consiguió impedir el cobro de la tasa de desarrollo urbano. Fue la Dra. María Isabel Fulgheri, jueza en lo Contencioso Administrativo, quien hizo lugar a ambos reclamos bajo la carátula “Declaración de Certeza”. Básicamente, es una forma legal de preguntar si se aplica o no el cobro mencionado.
En dichos procesos, Luciano S.A obtuvo dos medidas cautelares favorables, con las que la jueza Fulgheri le concedió la facultad de pagar como terreno baldío. Es decir, tasa por Red Vial.
Defensa corporativa
Como suele ocurrir toda vez que se expone la resolución de un magistrado que no se ajusta al sentido común, la casta judicial sale del ostracismo para defenderse corporativamente. Así, la jueza Fulgheri hizo público un escrito que fue replicado por los Colegios de Abogados, de Magistrados y funcionarios judiciales departamentales, mediante el cual intenta fundamentar que es correcto que una empresa, en este caso Luciano S.A., tribute por un terreno de 17 hectáreas lo mismo que cualquier otro frentista de la ciudad.
Según explicó, «al inmueble gravado le corresponde legalmente –hasta ésta oportunidad- pagar Red Vial y no Tasa de Desarrollo Urbano. El Municipio apeló y la Cámara le rechazó ese recurso. La Comuna consintió, liquidó la tasa de Red Vial y la obligada abonó. Todo ello, en el año 2023 en el expediente Nº 4429/2022 en estado público en la web oficial de la Suprema Corte. En el año 2024, ante nuevos vencimientos se amplió la controversia, sin que la Municipalidad alegara ningún hecho nuevo ni diferente normativa. El Juzgado ratificó su postura anterior. En ambas decisiones no nos expedimos por monto alguno a tributar».
Otra vez: la Justicia sin sentido común deviene en fallos fríos, burocráticos y absurdos que desafían la lógica cotidiana y generan frustración social. Aunque la ley busca el bien común, su aplicación ciega ignora particularidades, resultando en procesos kafkianos que priorizan la forma sobre la equidad y la realidad. Con jueces burócratas y fallos desconectados del sentido común se termina distorsionando el servicio de Justicia.

