La Corte Suprema ratificó un fallo clave sobre el agua en Bragado

NewsITe
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme un fallo que obliga a Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA) a realizar obras indispensables para garantizar la calidad y potabilidad del agua de red en la ciudad bonaerense de Bragado, ante la presencia de niveles de arsénico superiores a los permitidos en el consumo domiciliario.
Con esta decisión, el máximo tribunal del país declaró inadmisible el planteo presentado por la empresa estatal, que buscaba revertir una sentencia previa que le ordenaba iniciar, en un plazo de 180 días, los trabajos necesarios para mejorar el suministro de agua potable en la localidad. La medida apunta a asegurar que el agua que llega a los hogares se mantenga dentro de los parámetros de seguridad establecidos para el consumo humano.
El expediente se inició en 2013, a partir de una acción impulsada por vecinos de Bragado que comenzaron a denunciar la presencia de arsénico en el agua de red. A lo largo de la causa se incorporaron estudios técnicos, entre ellos informes elaborados por la Facultad de Bioquímica y Farmacia de la Universidad de Buenos Aires (UBA), que verificaron concentraciones de hasta 0,07 miligramos por litro (mg/l), es decir, siete veces por encima del límite de 0,01 mg/l recomendado como máximo.
En 2021, el Juzgado de Garantías del Joven N° 1 del Departamento Judicial de Mercedes ordenó a ABSA llevar adelante las obras necesarias para asegurar la potabilidad del servicio, con especial énfasis en el control del arsénico. El fallo estableció que la concentración de este compuesto en el agua de red no podrá superar los 0,01 mg/l, en línea con los estándares sanitarios y las recomendaciones internacionales para la protección de la salud.
Argumentos de ABSA y respaldo de la Justicia
La resolución fue luego confirmada por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín, que ratificó las obligaciones impuestas a la empresa prestataria. Posteriormente, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó un recurso extraordinario de ABSA y dejó firme la sentencia, lo que llevó a la firma a intentar un último recurso ante la Corte Suprema de la Nación.
ABSA sostuvo que la decisión judicial afectaba la autonomía regulatoria de la provincia y le imponía un estándar de calidad de agua que, según su postura, no se encontraba expresamente exigido por la normativa vigente. No obstante, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron inadmisible el planteo y, de ese modo, consolidaron la obligación de la compañía de avanzar con las obras.
- La causa se inició por reclamos vecinales en 2013.
- Se detectaron niveles de arsénico de hasta 0,07 mg/l en el agua de red.
- La Justicia fijó un límite máximo de 0,01 mg/l para el arsénico.
- ABSA tiene 180 días para comenzar las obras de adecuación.
La decisión de la Corte refuerza el principio de que el acceso a agua segura y de calidad es un derecho básico que el Estado y las empresas proveedoras deben garantizar en todo el país.
La resolución del máximo tribunal nacional se suma a otros pronunciamientos judiciales que, en distintos puntos del país, vienen marcando la obligación de las prestatarias de servicios públicos de adecuar sus sistemas para cumplir con los estándares de calidad exigidos. En Bragado, ahora quedará bajo la lupa el cronograma y alcance de las obras que inicie ABSA, mientras la comunidad permanece atenta al impacto de estas medidas en la salud y en la vida cotidiana de los usuarios.

