El decreto 524/2025 establece el nuevo procedimiento para obtener la ciudadanía sin importar el tiempo de residencia, aunque exige evaluaciones previas de seguridad por parte de organismos como la SIDE, la UIF y el Renaper.

El Gobierno nacional oficializó este jueves el mecanismo que permitirá a extranjeros acceder a la ciudadanía argentina a cambio de realizar una inversión significativa en el país. La medida fue establecida mediante el Decreto 524/2025, publicado en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo.
El nuevo régimen modifica la tradicional Ley de Ciudadanía N° 346 e integra las reformas migratorias que el Poder Ejecutivo anunció a fines de mayo. La disposición habilita a los inversores a tramitar la ciudadanía más allá del tiempo de residencia que acrediten en el país, aunque quedarán sujetos a evaluaciones por parte de organismos estatales.
La normativa crea la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, un organismo descentralizado dentro del Ministerio de Economía, que será el encargado de recibir y analizar las solicitudes. Esta agencia evaluará si la inversión es relevante, según criterios definidos por el mismo ministerio, y coordinará la intervención de otras áreas del Estado.
El procedimiento se inicia con la presentación del pedido ante la Agencia. Si se aprueba la inversión como significativa, se requerirán informes del Ministerio de Seguridad Nacional, la Unidad de Información Financiera (UIF), el Registro Nacional de Reincidencia, el Renaper y la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE), entre otros. Estos organismos evaluarán si otorgar la ciudadanía implica un riesgo para la seguridad nacional o los intereses del Estado.
Con todos los informes reunidos, la Agencia elevará un dictamen a la Dirección Nacional de Migraciones, recomendando la aprobación o el rechazo de la solicitud. Si la inversión no se considera suficiente o si alguna de las áreas intervinientes desaconseja el otorgamiento, se propondrá rechazar el trámite. “En todos los casos en los que la inversión no califique como relevante o las áreas a las cuales se les hubiere solicitado información recomienden no otorgar la ciudadanía, en el informe que se eleve a la Dirección Nacional de Migraciones se hará constar dicha circunstancia y se propondrá el rechazo de la solicitud”, indica el decreto.
Migraciones tendrá 30 días hábiles para resolver el caso mediante un acto fundado. Además, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberá adecuar sus sistemas para permitir la emisión de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) a quienes obtengan la ciudadanía por esta vía.
El decreto ya entró en vigencia y, según el texto oficial, busca “asegurar una mayor eficiencia en el procedimiento y fomentar las inversiones y la creación de empleo”. La Agencia podrá dictar normas complementarias para regular los detalles de la evaluación y trámite de las solicitudes.
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