Clausuran pabellón en La Pampa por hacinamiento extremo

Clausuran un pabellón en la Alcaidía de General Pico por hacinamiento y graves condiciones sanitarias

Ingreso a la Alcaidía de General Pico, en La Pampa

NewsITe

Un fallo judicial dejó al descubierto una situación límite en la Alcaidía de General Pico, en La Pampa. El juez de Ejecución Penal Jorge Mauricio Pascual ordenó la clausura inmediata del Pabellón 5 tras constatar un cuadro de hacinamiento extremo y graves deficiencias sanitarias: 76 personas detenidas compartían un espacio habilitado solo para 39 camas.

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De acuerdo con la resolución, a la que accedió Noticias Argentinas, en el pabellón convivían 47 condenados y 29 procesados con prisión preventiva. La sobrepoblación provocaba que al menos 37 internos no tuvieran cama propia y debieran dormir en el piso de cemento o sobre colchones dañados, en un contexto de humedad, filtraciones y falta de ventilación adecuada.

El Pabellón 5 había sido originalmente diseñado como sector de aislamiento, pero en los hechos se transformó en un espacio de alojamiento masivo. Durante las inspecciones, se relevaron celdas con hasta nueve personas y otras con siete, muy por encima de los estándares recomendados para establecimientos penitenciarios.

Condiciones degradantes y déficit de infraestructura

Los registros incorporados al hábeas corpus colectivo, presentado por la Defensa Pública, describen un panorama crítico: celdas sin inodoros, desbordes cloacales, falta de agua potable durante la noche y presencia de ratas, cucarachas, moscas e insectos. En algunos casos, los internos se veían obligados a realizar sus necesidades en baldes o en huecos conectados a la cloaca.

Además, se documentó la existencia de sanitarios insuficientes, escaso acceso a productos básicos de higiene como jabón y papel higiénico, dificultades para obtener ropa de cama y restricciones para lavar las prendas. Varios detenidos pasaban entre 22 y 23 horas diarias encerrados, con mínima exposición a la luz natural y al aire libre.

El magistrado consideró acreditado que las condiciones superaban largamente el umbral de lo tolerable para personas bajo custodia estatal. En su fallo, recordó que la privación de la libertad no autoriza al Estado a someter a los detenidos a tratos crueles, inhumanos o degradantes, y fundamentó su decisión en la Constitución Nacional, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y estándares interamericanos sobre alojamiento, acceso al agua y servicios sanitarios.

Responsabilidad del Gobierno provincial y medidas urgentes

La resolución impacta de lleno en el Ministerio de Seguridad y Justicia de La Pampa, a cargo del sistema de alojamiento y de los recursos materiales. El juez intimó a la cartera provincial a tomar medidas inmediatas: entregar camas, colchones y sábanas en cantidad suficiente; reparar redes sanitarias; desobstruir las cloacas; desinfectar el edificio y garantizar el suministro ininterrumpido de agua potable durante la noche.

Asimismo, ordenó la reubicación de todas las personas que estaban alojadas en el Pabellón 5, clausurado tras la inspección realizada el 4 de septiembre. La decisión fue notificada el 7 de septiembre, dentro del período analizado por el juzgado, y toma como base la prueba aportada por defensores oficiales, lo que despeja sospechas de una denuncia con sesgo partidario.

Obras demoradas y antecedente incómodo para la gestión Ziliotto

El fallo también reseña un antecedente que incomoda a la gestión del gobernador Sergio Ziliotto. En 2024, la Provincia había licitado la ampliación y refacción de la Alcaidía de General Pico, con un plazo de ejecución de 180 días. Sin embargo, al momento de resolverse el hábeas corpus, ese período ya estaba vencido y en el expediente no constaba que las obras hubieran concluido.

  • Hacinamiento extremo: 76 detenidos para 39 camas.
  • Deficiencias graves: cloacas desbordadas, ratas e insectos.
  • Falta de infraestructura: celdas sin inodoros ni ventilación suficiente.
  • Medidas urgentes: clausura, reubicación y provisión de insumos básicos.
  • Responsabilidad política: el alojamiento depende del Ejecutivo provincial.

“La privación de la libertad no habilita al Estado a someter a una persona a condiciones degradantes”, sostuvo el juez Pascual en los fundamentos del fallo.

La situación en la Alcaidía de General Pico vuelve a poner en agenda el debate sobre las condiciones de detención en el país y la necesidad de que los gobiernos provinciales cumplan de manera efectiva con los compromisos asumidos en materia de derechos humanos y política carcelaria.

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