Banco Provincia deberá indemnizar a una clienta víctima de ciberestafa

NewsITe
La Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial de La Plata confirmó una condena contra el Banco Provincia y ordenó indemnizar con $5 millones a una mujer de 40 años, oriunda de la capital bonaerense, que fue víctima de una ciberestafa tras realizar un reclamo por redes sociales. Además, el banco deberá restituirle los US$ 1.661 que le fueron sustraídos, con un interés anual del 6%.
De acuerdo con el fallo, al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas, la Justicia consideró que la entidad financiera no contaba con mecanismos de seguridad y monitoreo suficientes para detectar operaciones sospechosas, a pesar de que las transacciones se realizaron en un lapso muy breve, desde una dirección IP inusual y hacia cuentas que no tenían vínculo previo con la clienta.
El caso se remonta al 9 de noviembre de 2022, cuando la mujer intentó resolver un problema de facturación con una empresa telefónica. Tras iniciar un reclamo por WhatsApp, fue derivada a un supuesto canal de atención en Twitter, donde terminó siendo abordada por ciberdelincuentes que se hicieron pasar por personal autorizado.
Los estafadores le indicaron que, para avanzar con la gestión, debía activar el débito automático de su servicio mediante el uso del token de seguridad de su cuenta bancaria. Convencida de que se trataba de un procedimiento legítimo, la víctima proporcionó sus credenciales de home banking y códigos de seguridad en dos oportunidades.
Operaciones en minutos y falta de alertas
Con esos datos, los delincuentes vendieron los dólares que la mujer tenía ahorrados y transfirieron el dinero a terceros. También se registraron movimientos en pesos por $278.500. Todo ocurrió en menos de 15 minutos, según determinó la pericia informática.
La damnificada advirtió las operaciones que comenzaron a las 10.07 y se comunicó con el banco a las 10.15, cuando todavía se estaban ejecutando movimientos. Sin embargo, no logró que la entidad detuviera las transferencias en curso y debió recurrir a la Justicia para recuperar su dinero.
La investigación estableció que las operaciones se realizaron desde una dirección IP ubicada en Córdoba, hacia cuentas pertenecientes a personas de esa provincia que no registraban actividad previa con la clienta. Pese a la sucesión de movimientos inusuales, el sistema del banco no emitió alertas preventivas eficaces ni bloqueó las transacciones.
Responsabilidad del banco y montos de la condena
Los camaristas sostuvieron que el hecho de que la mujer hubiera entregado sus claves bajo engaño no liberaba al banco de su responsabilidad. Entendieron que, como proveedor de servicios financieros y en el marco de la normativa de defensa del consumidor, la entidad debía contar con herramientas de detección de fraude más robustas para impedir o, al menos, demorar transferencias claramente atípicas.
En ese contexto, ratificaron una condena que fijó $3 millones en concepto de daño moral, al valorar la pérdida de ahorros y los más de tres años de reclamos infructuosos, y otros $2 millones como daño punitivo, por el incumplimiento de los deberes de seguridad y la respuesta deficiente de la entidad frente al planteo de la clienta.
La resolución remarcó que el sistema del banco “no identificó eficazmente operaciones sospechosas, no activó alertas preventivas ni dispuso bloqueos o demoras razonables”, a pesar de tratarse de movimientos inusuales por montos significativos y hacia cuentas sin relación previa con la usuaria.
El fallo, dictado el 30 de abril de 2026 y ahora confirmado, impuso además las costas de la apelación al Banco Provincia. El caso se suma a una serie de pronunciamientos judiciales que consolidan la responsabilidad de las entidades financieras ante estafas virtuales, en un contexto de creciente sofisticación del ciberdelito y de vulnerabilidad de los usuarios bancarios.

