La Justicia ordenó sostener la atención de 61 personas con discapacidad

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La Justicia federal dictó una medida cautelar que impide, por el momento, la baja del Centro de Rehabilitación y Educación Psicomotriz (CEREP S.R.L.) del Registro Nacional de Prestadores. La decisión evita que 61 personas con discapacidad pierdan el espacio terapéutico al que concurren diariamente y garantiza la continuidad de sus tratamientos.
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El fallo fue dictado por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 10, a cargo del juez Walter Lara Correa, quien intimó al Ministerio de Salud de la Nación y a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) a mantener vigente la categorización del establecimiento. De esta manera, el centro conserva su condición formal para brindar prestaciones dentro del sistema de salud.
CEREP S.R.L. es una institución con más de cuatro décadas de trayectoria, especializada en la atención de personas con autismo, psicosis y discapacidad intelectual. Funciona como Centro de Día y también ofrece modalidad residencial, por lo que la eventual baja del registro ponía en riesgo no solo tratamientos, sino también la vida cotidiana de muchos de sus usuarios.
Un conflicto originado en una auditoría
La causa se inició luego de que la ANDIS impulsara un procedimiento administrativo para remover al centro del Registro Nacional de Prestadores, a partir de observaciones detectadas en una auditoría. Frente a ese escenario, la institución interpuso una acción de amparo ante la Justicia federal, al advertir el impacto que tendría el cierre sobre las personas asistidas y sus familias.
En el marco del expediente, el juez convocó a una audiencia con las partes y realizó una inspección ocular en las instalaciones del centro terapéutico. Según consta en la resolución, el magistrado verificó que la mayoría de las mejoras comprometidas por la institución habían sido efectivamente realizadas, lo que reforzó el argumento a favor de preservar la continuidad de la atención.
Las “Reglas Papa Francisco” y la centralidad de la persona
Al fundamentar la medida cautelar, Lara Correa invocó las denominadas “Reglas Papa Francisco”, un conjunto de pautas elaboradas por la Pastoral Judicial para orientar el accionar de magistrados y funcionarios cuando intervienen en causas que involucran a personas en situación de pobreza, exclusión o alta vulnerabilidad.
“Las sentencias judiciales en clave de ‘vencedores y vencidos’ no dan respuesta adecuada al derecho a la dignidad de cada persona”, señaló el juez en su resolución, remarcando que el foco debe estar puesto en la protección de derechos y no en la mera lógica sancionatoria.
El fallo también recordó que, en el orden jurídico argentino, el individuo es considerado el eje y centro del sistema normativo. En esa línea, subrayó que la persona es un fin en sí mismo y que su inviolabilidad constituye un valor fundamental, frente al cual el resto de los valores tiene un carácter instrumental y subordinado.
Impacto para las familias y el sistema de discapacidad
La decisión judicial brinda, al menos de manera provisoria, certidumbre a las familias de los 61 pacientes que asisten a CEREP, quienes habían manifestado preocupación por la posible interrupción de vínculos y rutinas terapéuticas construidas a lo largo de años. Especialistas en discapacidad advierten que cambios bruscos de entorno pueden afectar seriamente la estabilidad emocional y los avances logrados por las personas asistidas.
- Se garantiza la continuidad de la atención para pacientes con autismo, psicosis y discapacidad intelectual.
- Se obliga al Estado nacional a sostener la categorización del centro mientras se resuelve el fondo del conflicto.
- Se refuerza, a la luz de las “Reglas Papa Francisco”, la mirada de derechos humanos en causas vinculadas a la discapacidad.
Si bien la medida es cautelar y no cierra el debate de fondo, marca un precedente relevante en materia de protección de derechos de las personas con discapacidad. En un contexto de tensión y revisión permanente del financiamiento del sistema de prestaciones, la resolución del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 10 vuelve a poner en el centro la obligación del Estado de garantizar la continuidad de apoyos indispensables para la vida autónoma y la inclusión social.

