El Gobierno flexibiliza la homologación y libera autopartes

El Ejecutivo agiliza trámites y reconoce normas de EE.UU.

NewsITe

El Gobierno nacional modificó la reglamentación de la Ley de Tránsito mediante el Decreto 796/2026, publicado en el Boletín Oficial, con el objetivo de simplificar la homologación de vehículos cero kilómetro, tanto nacionales como importados, y liberar el comercio de autopartes. La medida se apoya en estándares técnicos internacionales y apunta a reducir tiempos y costos para terminales e importadores.

El cambio clave es la incorporación del sistema de autocertificación utilizado en los Estados Unidos. A partir de ahora, la Argentina reconocerá de forma directa las homologaciones respaldadas por la denominada “Blue Ribbon Letter”, documento emitido por la National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA), la agencia federal encargada de la seguridad vial en ese país.

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Esa certificación implica que el propio fabricante asume la responsabilidad de que sus unidades cumplen con las exigentes normas federales de seguridad activas y pasivas, conocidas como Federal Motor Vehicle Safety Standards (FMVSS). El Estado argentino considerará suficiente esa documentación para acreditar las condiciones de seguridad requeridas localmente, sin pedir ensayos adicionales a los ya exigidos por la NHTSA.

Cómo será el nuevo esquema de homologación

Para poder ser librados al tránsito público, todos los vehículos de producción seriada y 0 km deberán seguir contando con la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuración Ambiental (LCA). La LCM, que abarca los aspectos de seguridad activa y pasiva, quedará a cargo de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa. La LCA, orientada a emisiones contaminantes, ruidos y radiaciones, será emitida por la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes.

Las terminales automotrices y los importadores iniciarán el trámite mediante una solicitud con carácter de declaración jurada, en la que deberán aportar la documentación técnica correspondiente. Las homologaciones ya vigentes bajo normas reconocidas por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) mantendrán su validez, por lo que no será necesario rehacer procesos previamente aprobados.

En el caso de las unidades importadas, la correspondencia técnica se verificará de manera individual a través del Número de Identificación Vehicular (VIN), lo que permitirá trazar cada vehículo y chequear si se ajusta a las condiciones certificadas en origen.

Liberan el mercado de autopartes y piezas de recambio

En línea con la política de desregulación económica, el decreto establece que todos los componentes, autopartes y piezas de repuesto destinados a vehículos fabricados o importados en el país serán de comercialización, producción e importación totalmente libre. Ya no se requerirá autorización previa para su ingreso o venta en el mercado interno.

  • Fabricantes y distribuidores podrán ofrecer autopartes sin permisos administrativos previos.
  • Importadores quedarán obligados a respetar las especificaciones técnicas y normas de seguridad vigentes.
  • Se espera una mayor competencia en precios y variedad de piezas disponibles.

El cumplimiento de las condiciones técnicas quedará bajo responsabilidad de fabricantes e importadores, que deberán garantizar que los productos comercializados se adecúan a la normativa argentina, especialmente en lo referido a seguridad y calidad.

Más controles ex post y sanciones por incumplimientos

La simplificación administrativa no implica ausencia de controles. Las terminales e importadores que utilicen la “Blue Ribbon Letter” para homologar vehículos tendrán que informar de inmediato a las autoridades argentinas sobre cualquier sanción, investigación, campaña de recall o defecto de fabricación comunicado por la NHTSA en los Estados Unidos.

Ante la detección de fallas o campañas de retiro en el exterior, las empresas deberán replicar en forma urgente las mismas medidas correctivas en el mercado local, bajo apercibimiento de suspensión o revocación de la homologación del modelo.

El decreto advierte que cualquier ocultamiento, omisión o falsedad en las declaraciones juradas o en la documentación presentada será considerado una falta grave. Tales conductas podrán ser sancionadas en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor y del Decreto de Lealtad Comercial 274/2019, además de abrir eventuales acciones en los fueros civil o penal. Con este nuevo esquema, el Gobierno busca agilizar procesos y estimular la competencia, pero trasladando a las empresas una mayor cuota de responsabilidad sobre la seguridad y la información al usuario.

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