Se estima que el 16 por ciento del total de cargos esperan ser cubiertos en todo el Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires, de acuerdo con las cifras surgidas desde distintos ámbitos oficiales. “Los jueces de familia están vacantes hace al menos cinco años y es lo más urgente, están subrogando los jueces civiles”, comentó el presidente del Colegio de Abogados de San Nicolás, Alejo Maiztegui. A ello se suma el pedido de celeridad a los poderes ejecutivos y legislativos de la Nación y de la Provincia para la cobertura de las vacantes existentes en los tribunales superiores.

De la Redacción de EL NORTE
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En la Justicia bonaerense existen cerca de 430 vacantes. De ellas, 211 corresponden a juzgados, tribunales y cámaras, y otras 220, a fiscalías, defensorías y asesorías. Se estima que el 16 por ciento del total de cargos esperan ser cubiertos en todo el Poder Judicial de la provincia, de acuerdo con las cifras surgidas desde distintos ámbitos oficiales.
Si bien durante el año pasado se fueron completando vacantes en diversos tribunales, cámaras y fiscalías a partir de los pliegos votados en el Senado, lo cierto es que diversos organismos siguen aguardando que se reactive el proceso de designación de sus titulares.
Según datos suministrados por el Colegio de Abogados de nuestra ciudad, en el Departamento Judicial San Nicolás actualmente hay 11 vacantes de magistrados, correspondientes a las siguientes reparticiones: dos jueces de familia; un juez correccional; dos defensores penales; un defensor civil; un juez de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo; dos agentes fiscales de mayores; un fiscal del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil; y un juez de Garantías del Joven.
“Los jueces de familia están vacantes hace al menos cinco años y es lo más urgente, están subrogando los jueces civiles. Lo mismo pasa con el juez correccional, los defensores penales y el defensor civil, que también hace a las necesidades de Familia”, comentó el presidente del Colegio de Abogados de San Nicolás, Alejo Maiztegui, quien agregó que “la última vacante que se produjo es en la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo, pero esa se está moviendo; los demás ya están rendidos a la espera de que los apruebe el Senado bonaerense”.
Tribunales superiores
En paralelo, el Consejo Superior del Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires reitera la imperiosa necesidad de cubrir las vacantes existentes en la Corte Suprema de Justicia de la Nación y en la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires.
Desde la entidad remarcaron que la Corte Suprema de Justicia de la Nación funciona actualmente con tres de sus cinco miembros y la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires lo hace con apenas tres de sus siete integrantes, “en una desintegración sin precedentes en su historia, que compromete seriamente el servicio de justicia”.
“Lo que debería ser una emergencia institucional atendida sin dilación se ha instalado, en cambio, como un estado de cosas tolerado y peligrosamente naturalizado. No estamos ante una vacancia más, ni ante una cuestión técnica de gestión: es el debilitamiento deliberado y sostenido de los órganos que encabezan el Poder Judicial, con impacto directo sobre la seguridad jurídica, la tutela judicial efectiva y la confianza de los ciudadanos en la Justicia”, manifestaron mediante un comunicado.
Y consideraron que “el dictado del Decreto 467/2026 no hace más que agravar la situación, al derogar las disposiciones que contienen herramientas de participación democrática y equilibrada en razón de género, conforme a las obligaciones asumidas por el Estado argentino”. Sostienen que “las consecuencias de esta desintegración no son abstractas ni admiten eufemismos. Un tribunal privado de la totalidad de sus miembros no puede ejercer con plenitud la más trascendente de sus funciones: fijar y unificar la doctrina legal que vincula y orienta a todos los órganos jurisdiccionales de la Provincia”.
Pedido urgente
En ese marco, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, en ejercicio de los deberes que le asigna el artículo 50 de la Ley 5177, exige a los poderes ejecutivos y legislativos de la Nación y de la provincia la urgente cobertura de las vacantes existentes en ambos tribunales superiores, mediante el cumplimiento estricto del procedimiento constitucional; vale decir, mediante la participación efectiva y equilibrada de los poderes públicos y de la comunidad jurídica vinculada. “Es imprescindible que el proceso de selección incluya a juristas de reconocida trayectoria ética y profesional, teniendo especialmente en consideración la especialización de los aspirantes, la diversidad de género y la representación federal, favoreciendo la inclusión de representantes del interior del país y de la provincia de Buenos Aires y que provengan, en algún caso, del ejercicio liberal de la abogacía”.

