La demanda que reabre el debate sobre la vacuna de AstraZeneca

NewsITe
La demanda iniciada por Flavia Ochoa contra el laboratorio AstraZeneca y el Estado nacional avanza en los tribunales federales con un fuerte respaldo documental. Más allá de su testimonio sobre las secuelas que atribuye a la aplicación de la vacuna contra el Covid-19, la presentación incluye historias clínicas, certificados médicos, estudios neurológicos y dictámenes oficiales que serán analizados por la Justicia para determinar si corresponde una indemnización.
Según la reconstrucción que figura en el expediente, Ochoa recibió una dosis de la vacuna AstraZeneca el 4 de enero de 2022 en un centro de vacunación de Coronel Moldes, en la provincia de Córdoba. Esa misma noche, siempre de acuerdo con la demanda, comenzó con dolores musculares intensos y calambres. Al día siguiente habría sufrido una pérdida progresiva de fuerza y movilidad en las piernas, lo que motivó consultas médicas, reposo indicado y, posteriormente, una internación.
Los primeros certificados médicos incorporados a la causa dan cuenta de sucesivas derivaciones para evaluación neurológica ante la persistencia del cuadro. Ochoa fue internada en un sanatorio privado de Río Cuarto, donde se le realizaron estudios de diagnóstico por imágenes, resonancias magnéticas, análisis de laboratorio y una punción lumbar, todos ellos insumos clave para intentar establecer el origen de los síntomas.
Diagnóstico, rehabilitación y certificaciones oficiales
Sobre la base de esos estudios, los profesionales tratantes consignaron un diagnóstico de síndrome de Guillain-Barré con cuadriparesia, un trastorno neurológico poco frecuente en el que el sistema inmunológico ataca parte del sistema nervioso periférico. Los médicos indicaron tratamiento con gammaglobulina, corticoides y un plan de neurorehabilitación intensiva, que incluyó fisioterapia, kinesiología y seguimiento neurológico.
Uno de los certificados neurológicos detallados en la demanda describe una cuadriparesia flácida con compromiso severo de la movilidad y necesidad de utilizar silla de ruedas para el desplazamiento. Informes posteriores registran cierta mejoría, aunque con secuelas persistentes: limitaciones funcionales, necesidad de dispositivos de asistencia para la marcha y rehabilitación permanente.
La propia Ochoa sostuvo ante la Agencia Noticias Argentinas que continúa con sesiones de rehabilitación tres veces por semana y que actualmente puede caminar con andador. En la causa constan también indicaciones farmacológicas para el control del dolor y el manejo de la fatiga, además de un Certificado Único de Discapacidad que formaliza su situación.
El rol de la Comisión Médica y del procedimiento previo
Entre los documentos más relevantes se encuentra el dictamen de la Comisión Médica de Río Cuarto, elaborado en el marco de un trámite previsional, que fijó una incapacidad laboral del 75,60%. Ese porcentaje surge de la combinación del síndrome neurológico, las limitaciones funcionales y otras afecciones evaluadas de manera conjunta por el organismo.
El expediente incluye, además, la constancia de la denuncia de un Evento Supuestamente Atribuible a la Vacunación o Inmunización (ESAVI) cargado en el Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentina (SISA) y el reporte enviado a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). Estos registros administrativos forman parte del circuito formal previsto para el seguimiento de posibles efectos adversos de las vacunas.
Antes de acudir a la Justicia, Ochoa activó el procedimiento contemplado en la Ley 27.573, que establece un esquema especial de compensación para personas que alegan haber sufrido eventos adversos graves vinculados con la vacunación contra el Covid-19. Ese trámite concluyó con un dictamen que indicó que no se había podido establecer un nexo causal entre la vacuna y el cuadro denunciado, conclusión que la actora cuestiona en sede judicial.
“Primero hicimos el reclamo administrativo. No obtuvimos ninguna respuesta favorable y entonces decidimos iniciar el juicio. La causa está muy lenta, está media frenada”, declaró Ochoa a Noticias Argentinas.
La existencia y el contenido de esta documentación constituyen elementos objetivos del proceso. La discusión central quedará ahora en manos de la Justicia, que deberá valorar la prueba médica, los informes oficiales y la evidencia que aporten las partes para definir si corresponde o no hacer lugar al reclamo indemnizatorio contra AstraZeneca y el Estado nacional.

