La Corte Suprema confirmó la pena por integrar una red de documentos apócrifos

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a cuatro años y seis meses de prisión para el ciudadano iraní Samiei Sajjad Naserani, señalado como integrante de una estructura internacional dedicada a la falsificación de documentación de identidad para facilitar el ingreso irregular de migrantes a distintos países.
El caso se remonta a 2019, cuando Naserani llegó al aeropuerto internacional de Ezeiza procedente de Madrid junto a su pareja, Mansoreh Sabzali. Durante el control migratorio presentaron pasaportes emitidos a nombre de ciudadanos israelíes que habían denunciado el robo de sus documentos, lo que activó una alerta naranja de Interpol y motivó la intervención de las autoridades.
De acuerdo con la investigación judicial, tras una entrevista con personal migratorio la pareja logró ingresar al país y recuperar los documentos. Sin embargo, con el avance de la causa la Justicia ordenó su detención, que se concretó durante un allanamiento en un hotel de la zona del Abasto, en la Ciudad de Buenos Aires, donde ambos se encontraban alojados.
Las pesquisas revelaron presuntos vínculos con una organización ilegal dedicada a la adulteración y confección de documentación falsa, que habría operado entre marzo de 2015 y marzo de 2019 en diversos países: Argentina, España, Portugal, Grecia, Reino Unido, Turquía e Irán. El objetivo era proveer identidades apócrifas para sortear controles migratorios y facilitar traslados internacionales.
Del fallo inicial a la intervención de la Corte
En diciembre de 2020, el Tribunal Oral Federal N.º 6 condenó a Naserani a tres años de prisión en suspenso por el delito de uso de documento público falso agravado por estar destinado a acreditar la identidad de las personas. En ese momento, el tribunal lo absolvió de la acusación de asociación ilícita, decisión que benefició también a su pareja, quien recibió una pena de tres años en suspenso por uso de pasaporte falso.
La fiscalía apeló el fallo ante la Cámara Federal de Casación Penal, insistiendo en la existencia de una asociación ilícita detrás de la maniobra. En 2021, la Sala II de Casación anuló la absolución por ese delito, consideró a Naserani integrante de una organización criminal y ordenó fijar una nueva pena, que quedó establecida en cuatro años y seis meses de prisión efectiva.
Una estructura internacional bajo la lupa
- La organización habría operado en al menos siete países entre 2015 y 2019.
- Su finalidad era proveer pasaportes y documentos apócrifos para sortear controles fronterizos.
- El caso se disparó a partir de una alerta naranja de Interpol en Ezeiza.
- La condena firme cierra la vía recursiva para el acusado.
Tras esa decisión, la defensa volvió a recurrir la sentencia. No obstante, hacia fines de 2024 la propia Casación confirmó la pena y ratificó la calificación por asociación ilícita. Frente a ello, el abogado de Naserani presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema, cuestionando la resolución y el procedimiento previo.
El máximo tribunal, sin embargo, desestimó la queja por considerar que presentaba inconsistencias formales y no lograba rebatir los fundamentos de las instancias anteriores. De este modo, la condena quedó firme y se dio por agotada la vía recursiva, consolidando la responsabilidad penal del iraní por su participación en la red de falsificación documental.
Con la resolución de la Corte, se reafirma el criterio de los tribunales federales respecto de la gravedad de las maniobras de falsificación de identidad, consideradas una amenaza para los sistemas de control migratorio y la seguridad internacional.
El caso se inscribe en una serie de investigaciones sobre redes transnacionales que explotan vulnerabilidades en los sistemas de documentación, y refuerza la cooperación entre organismos locales e internacionales, como Interpol, en la detección temprana de movimientos sospechosos en pasos fronterizos estratégicos como el aeropuerto de Ezeiza.

