ARCA flexibiliza el régimen de garantías para el comercio exterior

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el régimen de garantías aduaneras y amplió el uso de la declaración jurada como instrumento de respaldo para las operaciones de comercio exterior. La medida quedó oficializada mediante la Resolución General 5864/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, y se enmarca en el proceso de modernización de los controles fiscales y aduaneros.
El cambio reglamentario se apoya en el Decreto 838/2025, que abrió la posibilidad de utilizar documentos suscriptos por los propios importadores, exportadores o terceros como garantías para destinaciones aduaneras, tanto definitivas como suspensivas. Con este movimiento, ARCA busca reducir los costos y la carga administrativa que enfrentan las empresas, sin dejar de resguardar el interés fiscal ni la solvencia del sistema.
En los considerandos de la resolución se detalla que la adecuación apunta a ofrecer a los operadores de comercio exterior “una alternativa más accesible”, a la vez que mantiene las herramientas tradicionales de resguardo. De este modo, se actualiza el esquema previsto originalmente en la Resolución General N° 3.885, que define qué tipos de garantías son aceptables según el tipo de operación u obligación involucrada.
Qué cambia en el régimen de garantías aduaneras
La nueva normativa ratifica y amplía el abanico de opciones que pueden utilizar importadores y exportadores al momento de garantizar sus operaciones. Entre las principales modalidades contempladas por el esquema revisado se incluyen:
- Efectivo y depósitos a plazo fijo constituidos en el Banco de la Nación Argentina.
- Seguros de caución emitidos por compañías autorizadas y avales bancarios.
- Títulos públicos y cauciones sobre acciones u otros valores negociables.
- Declaraciones juradas o documentos suscritos por el propio interesado o por terceros con capacidad económica suficiente.
Uno de los ejes de la reforma es la implementación de la denominada “declaración jurada sistémica”, que se integrará a los trámites electrónicos de ARCA y se aplicará a un amplio universo de situaciones. Esta herramienta estará disponible, entre otros casos, para:
- Exportaciones e importaciones temporales vinculadas a procesos productivos o a ferias y exposiciones.
- Mercaderías sujetas a análisis o investigación de valor por parte de la autoridad aduanera.
- Envíos en consignación y operaciones de tránsito terrestre entre depósitos fiscales o zonas primarias aduaneras.
- Régimen de sustitución de importaciones y exportaciones, en los que se requiere garantizar el cumplimiento de plazos y destinos.
Implementación gradual y alcance para el sector
La resolución establece que las modificaciones entran en vigencia desde el día de su publicación en el Boletín Oficial. Sin embargo, ARCA dispuso que la aplicación práctica se concrete de manera gradual, a través de un cronograma que será difundido en su sitio web oficial. Esto permitirá a despachantes de aduana, empresas y estudios especializados adaptar sus procedimientos internos a las nuevas reglas.
Desde el organismo remarcan que la ampliación del uso de declaraciones juradas no implica una relajación de los controles, sino un cambio de enfoque que combina simplificación administrativa con trazabilidad digital y supervisión posterior.
En términos prácticos, la flexibilización del régimen de garantías podría traducirse en mayor agilidad para las operaciones y menor inmovilización de recursos financieros por parte del sector privado. Especialistas del ámbito aduanero señalan que, si el esquema se acompaña de sistemas informáticos robustos y criterios claros de fiscalización, la medida puede contribuir a dinamizar el comercio exterior argentino sin comprometer la recaudación ni la seguridad en la frontera.

