Santa Fe aprobó la ley que prohíbe a los cuidacoches

Ley “anti trapitos”: el Senado santafesino avanzó con fuertes sanciones

Sesión del Senado de Santa Fe donde se debatió la ley anti cuidacoches

NewsITe

El Senado de la provincia de Santa Fe convirtió en ley el proyecto conocido como “anti trapitos”, que prohíbe la actividad de cuidacoches en la vía pública en todo el territorio provincial. La norma fue aprobada con 16 votos afirmativos y tres ausencias, alcanzando la mayoría especial necesaria para ratificar lo resuelto previamente por la Cámara de Diputados.

La iniciativa introduce modificaciones al Código de Convivencia santafesino —también identificado como Código de Faltas— y establece un esquema de sanciones que incluye desde trabajo comunitario hasta días de arresto para quienes ofrezcan cuidado, guarda o lavado de vehículos en la calle sin la debida autorización. Cada municipio y comuna deberá ahora decidir si adhiere a la ley para poder implementarla de manera efectiva en su jurisdicción.

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Uno de los puntos centrales de la norma es el nuevo artículo 66 bis, que prohíbe expresamente ofrecer espacios de estacionamiento, cuidado o limpieza de autos en la vía pública cuando no exista autorización y se encuentre vedado por ordenanzas locales. El incumplimiento puede derivar en penas de 2 a 10 días de trabajo comunitario y la prohibición de volver a concurrir al lugar donde se constató la infracción.

En casos de reincidencia, la sanción se agrava y prevé arresto de 10 a 20 días. Además, si el infractor ejerce violencia o amenazas contra personas o bienes, la pena puede duplicarse. La ley también delimita con precisión las zonas donde se aplicará la prohibición: sectores con estacionamiento tarifado o administrados por concesionarios; áreas cercanas a eventos masivos —hasta 20 cuadras a la redonda, desde dos horas antes y hasta una hora después— y entornos considerados sensibles.

Organización criminal y rol de municipios y Policía

El texto incorpora la figura de “organización criminal” para situaciones en las que se compruebe acuerdo previo entre dos o más personas con el fin de ejercer el control informal del estacionamiento. Si se verifica este tipo de organización, la detención será de 10 a 20 días, y cuando se identifiquen organizadores, coordinadores o responsables, la pena podrá elevarse hasta cuatro veces el mínimo y el máximo previstos.

Otro aspecto relevante es la tipificación de agravantes vinculados a la vulnerabilidad de las víctimas. La norma contempla penas mayores cuando la actividad se desarrolle en horario nocturno —de 18 a 6—, en zonas escolares, bancarias, comerciales o en inmediaciones de edificios públicos. También se incluyen agravantes cuando las amenazas o actos de presión se dirijan a personas en situación de desigualdad por género, edad, discapacidad o condición socioeconómica.

  • Los municipios serán los encargados exclusivos de tramitar las contravenciones y aplicar sanciones.
  • La Policía podrá intervenir a pedido de cada distrito, a través del Ministerio correspondiente, para hacer cesar la conducta ilegal.

La nueva ley redefine el rol de los municipios frente a los cuidacoches y refuerza la intervención estatal ante situaciones de amenazas, organización delictiva y aprovechamiento de la vulnerabilidad de los conductores.

Con la sanción de la denominada ley “anti trapitos”, Santa Fe se suma al lote de provincias y ciudades del país que regulan con mayor dureza la presencia de cuidacoches informales. El debate ahora se trasladará a los concejos municipales, que deberán decidir si adhieren o no a la normativa provincial y cómo articularán los controles en el espacio público.

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