Rechazaron la prisión domiciliaria de Lázaro Báez y cumplirá su condena en el pabellón “K” de la cárcel de Ezeiza

La Cámara Federal de Casación Penal desestimó el pedido de arresto domiciliario del empresario y ordenó que continúe detenido en el penal de Ezeiza. Báez cumple una pena de 15 años por las causas Vialidad y La Ruta del Dinero K.

Rechazaron la prisión domiciliaria de Lázaro Báez y cumplirá su condena en el pabellón “K” de la cárcel de Ezeiza
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La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa de Lázaro Báez y confirmó que deberá continuar detenido en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza. El empresario cumple una condena de 15 años de prisión por las causas conocidas como “Vialidad” y “La Ruta del Dinero K”.

La decisión fue adoptada por mayoría, con los votos de los jueces Javier Carbajo y Ángela Ledesma, mientras que el camarista Mariano Borinsky votó en disidencia a favor de conceder el beneficio. De esta manera, el tribunal ratificó la resolución del Tribunal Oral Federal N° 4, que dispuso el traslado de Báez desde el Hospital Penitenciario Central al pabellón “K” del penal de Ezeiza.

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A través de sus abogados, el empresario argumentó que la unidad carcelaria no contaba con los recursos necesarios para atender sus problemas de salud y sostuvo que su presencia en el domicilio resultaba indispensable para el cuidado de su pareja y de los hijos menores de ella. La defensa también fundamentó el pedido en la edad del condenado, de 69 años, próximo a cumplir 70, y en un cuadro clínico que incluye diabetes tipo II, hipertensión arterial, asma y antecedentes cardíacos.

Además, señalaron que su permanencia en el Hospital Central Penitenciario habría agravado sus patologías por presuntas deficiencias de higiene y falta de atención médica especializada. En el mismo planteo, indicaron que la distancia de más de 2.700 kilómetros entre el penal y su domicilio familiar en Santa Cruz dificultaba el contacto con sus allegados.

Según la defensa, la pareja de Báez atraviesa una enfermedad oncológica y el empresario cumplía un rol central en la crianza de los hijos menores de ella, de 12 y 14 años. En ese sentido, sostuvieron que la detención generó un impacto emocional negativo en los niños y una sobrecarga para la madre durante su tratamiento médico, según constató el periodista Iago Vieyra en Infobae.

El voto mayoritario de Casación rechazó estos argumentos y sostuvo que el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza se encuentra en condiciones de alojar detenidos con patologías como las que presenta Báez. El juez Carbajo destacó que los estudios realizados por especialistas en neumonología, cardiología y oftalmología del Cuerpo Médico Forense y del Servicio Penitenciario Federal concluyeron que el interno se encontraba hemodinámicamente estable y compensado.

Los peritos oficiales indicaron que las dolencias podían ser tratadas adecuadamente dentro de la unidad carcelaria, siempre que se cumplieran las indicaciones farmacológicas y los controles periódicos. El fallo también remarcó que el Servicio Penitenciario Federal informó contar con infraestructura, personal y equipamiento suficientes, incluida guardia médica permanente y ambulancia para emergencias.

Para los magistrados que conformaron la mayoría, la defensa no logró acreditar que la permanencia en prisión implicara un riesgo cierto para la vida del condenado ni que existiera una falta de atención médica por parte del Estado. En relación con los menores, Carbajo y Ledesma consideraron que no se configuró una situación de desamparo que justificara una excepción al régimen de ejecución de la pena.

Los jueces evaluaron que los niños conviven con su madre, quien recibe asistencia de otros familiares, y que sus derechos a la educación y a la salud se encuentran garantizados. También señalaron que la mujer cuenta con medios económicos para sostener al grupo familiar.

En disidencia, Borinsky sostuvo que correspondía otorgar el arresto domiciliario al considerar que Báez se encuentra próximo a la edad prevista por la ley y que sus patologías crónicas muestran un agravamiento progresivo. Además, ponderó el interés superior de los menores y la conformación de una familia ensamblada, en línea con el dictamen de la unidad funcional especializada en niñez, que había respaldado el pedido.

Finalmente, la resolución judicial ordenó que las autoridades penitenciarias garanticen la comunicación de Báez con sus familiares conforme a la normativa vigente y autorizó su alojamiento en el pabellón común “K” del penal de Ezeiza, al considerar que ya no requiere internación continua en el área hospitalaria.

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