Nuevo traspié en la causa por la muerte de Carmen Montes y Miguel Arroyo

El Juzgado Correccional N°1 rechazó el pedido para juzgar a Jeremías Ramírez por la muerte de Carmen Montes y por las lesiones de otras tres personas. Decidió la no realización hasta tanto la Corte resuelva el sobreseimiento por el homicidio culposo de Miguel Arroyo ocurrido en el mismo siniestro y que había sido apelado. Las familias de las victimas temen que el paso del tiempo favorezca la impunidad

De la redacción de EL NORTE
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El Juzgado Correccional a cargo del magistrado Sebastián Zubiri resolvió rechazar el pedido efectuado por los representantes de las víctimas para que se realice el juicio contra Jeremías Ramírez por la muerte de Carmen Montes y por las lesiones de otras tres personas. La justicia decidió esperar a que la Corte provincial resuelva un recurso presentado contra el sobreseimiento dictado por Casación respecto de la muerte de Miguel Arroyo producida en el mismo siniestro. Conforme a la información brindada a EL NORTE por fuentes vinculadas a la causa se rechazó el pedido de audiencia de debate que solicitaron los particulares damnificados.

Luego de que la sala IV de la Cámara de Casación sobreseyera a Jeremías Ramírez por la muerte de Miguel Angel Arroyo, las familias de las víctimas habían pedido que se avanzara con el juicio por el homicidio culposo de Carmen Montes y por las lesiones de otras tres personas. Todas estas fueron consecuencias del mismo siniestro ocurrido en febrero de 2022 cuando la camioneta que conducía Ramírez impactó contra el auto en el que viajaban Montes y Arroyo y que por arrastre embistió a otros tres vehículos.

Según lo informado, ante el pedido concreto de fijación de fecha de debate los damnificados recibieron una respuesta negativa de parte del magistrado a cargo del Juzgado Correcional N°1.

Familiares de Montes adelantaron que apelaran y explicaron que esta decisión, en medio del dolor por las pérdidas de sus seres queridos, les produce un grave perjuicio que los pone en una situación de espera indefinida. Manifestaron que la justicia lenta y el paso del tiempo podrían ayudar a que la causa prescriba favoreciendo la impunidad de Ramírez.

El sobreseimiento

El Tribunal de Casación ante el recurso de queja presentado por los defensores había decidido exculpar a Jeremías Ramírez por la muerte de Miguel Arroyo ocurrida en 2022 cuando la camioneta que conducía impactó contra el auto en el que viajaba la víctima. En el mismo siniestro Carmen Montes murió en el acto. Los magistrados Carlos Angel Natiello y Mario Eduardo Kohan integrantes de la Sala IV del Tribunal de Casación Penal habían admitido los recursos de queja presentados por la defensa. El tribunal entendió en esa oportunidad que, si bien Miguel Arroyo nunca recuperó la conciencia ni logró salir de terapia intensiva, el traumatismo de cráneo que padeció no fue la causa de su muerte. Por lo tanto, además de hacer lugar a los recursos planteados los magistrados avanzaron con el sobreseimiento.

Ramírez, quien conducía la camioneta protagonista del accidente, estaba acusado por doble homicidio culposo agravado por las muertes de Carmen Montes que se produjo en el acto y de Miguel Arroyo cuyo deceso se produjo días después del siniestro.

Desde el entorno de la víctima habían calificado la decisión del tribunal respecto del sobreseimiento como “incomprensible” por violar el principio básico de que este tipo de cuestiones debían ser dirimidas en el ámbito del juicio oral y público. En base a ello tanto el fiscal de Casación como el letrado del particular damnificado apelaron la sentencia lo que fue admitido por la Corte provincial y está a la espera de resolución.

Los hechos

El siniestro, cuyas circunstancias serán motivo de juzgamiento, ocurrió en la madrugada del 5 de febrero de 2022 en la intersección de las calles Terrassón y Savio. Conforme a la acusación Jeremías Ramírez de 20 años conducía a excesiva velocidad (más de 112 K/h), cuando chocó su camioneta Amarok contra otros 3 vehículos. Como consecuencia del impacto Carmen Montes murió en el acto y 5 personas resultaron heridas de diferente consideración, entre ellas Miguel Arroyo de 39 años quien falleció tras permanecer inconsciente un mes en terapia intensiva adonde había ingresado tras el accidente, el deceso había provocado el primer cambio de carátula por la de “Doble homicidio culposo agravado”.

La pena en expectativa va desde los tres años de mínima a los 25 años de máxima porque los familiares de Miguel Arroyo constituidos en Particular Damnificado a través de su abogado mantienen una acusación por dolo eventual, que tiene la misma pena que el dolo directo, de 8 a 25. La condena que recaiga sería de cumplimiento efectivo si fuese superior a los tres años.

La familia de las victimas considera que la suma de este nuevo traspié judicial que vuelve a demorar la realización del debate podría llevar a la prescripción por el paso del tiempo y frustrar la obtención de justicia.

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