Monotributo: nuevas escalas y plazos para recategorizarse

Nuevas escalas del monotributo: quiénes deben recategorizarse y hasta cuándo

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la actualización de las escalas del monotributo que comenzarán a regir desde el 1 de agosto. Junto con estos cambios, el organismo habilitó el período de recategorización para los pequeños contribuyentes, que podrán realizar el trámite hasta el 5 de agosto inclusive, sin aplicar multas ni sanciones.

La medida acompaña la inflación registrada en el primer semestre del año. Los topes de facturación y las cuotas mensuales de todas las categorías aumentan un 16,8%, en línea con el índice difundido por el INDEC. Los nuevos importes se verán reflejados en la cuota con vencimiento el 20 de agosto, cuando los monotributistas deberán abonar ya con los valores actualizados.

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Para definir si corresponde o no un cambio de categoría, los contribuyentes deben revisar los ingresos brutos obtenidos en los últimos 12 meses, así como el monto de los alquileres devengados, la superficie destinada a la actividad y el consumo de energía eléctrica. Si alguno de estos parámetros supera los límites de la categoría vigente, será obligatorio pasar a una escala superior.

En cambio, quienes mantengan los mismos parámetros que en el semestre anterior o no hayan cumplido aún seis meses completos dentro del régimen simplificado no están obligados a recategorizarse en esta oportunidad. ARCA remarcó que el objetivo es que cada contribuyente se ubique en el tramo que mejor refleje su realidad económica.

Cómo hacer la recategorización del monotributo

El trámite se realiza exclusivamente en forma digital a través del portal de ARCA. Para recategorizarse, los monotributistas deben seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar al portal de ARCA con CUIT y clave fiscal.
  • Acceder al servicio «Monotributo».
  • Seleccionar la opción «Recategorizarme».
  • Revisar la información que muestra el sistema y hacer clic en «Continuar recategorización».
  • Actualizar los datos que hayan cambiado en el último año.
  • Confirmar el trámite y descargar el formulario F.184 junto con la nueva credencial de pago.

ARCA mantiene disponible la modalidad de recategorización simplificada, que muestra automáticamente la facturación anual registrada en los sistemas del organismo. Esta opción agiliza el proceso para quienes tienen únicamente puntos de venta electrónicos y cuentan con al menos 12 meses completos dentro del régimen.

Nuevas escalas de facturación y cuotas mensuales

Con el ajuste de 16,8%, los topes anuales de facturación quedan establecidos de la siguiente manera:

  • Categoría A: hasta $12.009.410,45.
  • Categoría B: hasta $17.595.182,74.
  • Categoría C: hasta $24.670.494,31.
  • Categoría D: hasta $30.628.651,43.
  • Categoría E: hasta $36.028.231,33.
  • Categoría F: hasta $45.151.659,41.
  • Categoría G: hasta $53.995.798,87.
  • Categoría H: hasta $81.924.660,37.
  • Categoría I: hasta $91.699.761,90.
  • Categoría J: hasta $105.012.519,20.
  • Categoría K: hasta $126.610.838,75.

En paralelo, también se actualizan las cuotas mensuales, que incluyen el impuesto integrado, el componente previsional y la obra social. Desde agosto, los importes quedarán así:

  • Categoría A: $49.527,18 (servicios y bienes).
  • Categoría B: $56.379,08 (servicios y bienes).
  • Categoría C: $66.020,12 (servicios) | $64.530,58 (bienes).
  • Categoría D: $84.612,93 (servicios) | $82.564,81 (bienes).
  • Categoría E: $119.811,45 (servicios) | $108.267,51 (bienes).
  • Categoría F: $150.784,21 (servicios) | $129.930,65 (bienes).
  • Categoría G: $230.312,94 (servicios) | $158.815,05 (bienes).
  • Categoría H: $522.706,68 (servicios) | $317.895,01 (bienes).
  • Categoría I: $963.747,86 (servicios) | $474.992,78 (bienes).
  • Categoría J: $1.167.299,76 (servicios) | $580.793,69 (bienes).
  • Categoría K: $1.614.446,04 (servicios) | $702.103,24 (bienes).

Qué pasa si no hacés la recategorización

ARCA advirtió que, si detecta que la facturación u otros indicadores económicos de un contribuyente no se corresponden con la categoría declarada, puede avanzar con una recategorización de oficio. Para ello, cruza datos de compras, gastos, acreditaciones bancarias y otra información fiscal disponible.

En estas situaciones, el organismo notifica la nueva categoría a través del domicilio fiscal electrónico. Si el contribuyente no está de acuerdo con la decisión, podrá presentar una apelación mediante el servicio de Presentaciones Digitales, dentro de los plazos fijados por la normativa vigente.

Los especialistas recomiendan no esperar al último día para hacer la recategorización y revisar con tiempo la facturación anual, para evitar errores y eventuales sanciones.

Con la combinación de nuevas escalas, cuotas más altas y mayor fiscalización, ARCA busca mantener actualizado el esquema del monotributo y acercarlo a la dinámica de la economía, a la vez que apunta a que cada inscripto tribute según su verdadera capacidad contributiva.

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