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sábado, octubre 19, 2024
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Media sanción a la “Ley Olimpia”: la violencia digital es cuestión de género

El proyecto obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados y ahora pasará al Senado. Busca modificar la Ley 26.485 sobre Protección Integral a las Mujeres, con el fin de incorporar la figura de la “violencia digital”.

De la Redacción de EL NORTE
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La iniciativa tratada ayer en la Cámara de Diputados propone modificar la Ley 26.485 sobre Protección Integral a las Mujeres, para incorporar la figura de violencia digital como una modalidad de violencia por cuestiones de género, ya que aborda los delitos que violen la intimidad sexual de las personas en entornos digitales y sanciona la difusión –no consensuada- de material íntimo.

Tras dos horas de debate en la Cámara Baja, el proyecto consensuado fue aprobado por amplia mayoría – un total de 191 votos afirmativos, dos negativos y una abstención-, y ahora pasará a tratarse en el Senado.

Si bien la norma que se aprobó este miércoles no prevé sanciones, hay otro proyecto en discusión, que todavía no obtuvo dictamen en la Comisión de Legislación Penal, que las tipifica en el Código Penal. Varias diputadas de distintos bloques, expresaron durante el tratamiento de la Ley Olimpia la necesidad de sancionar ese proyecto.

Hasta el momento, en el país conductas como esta o la sextorsión (chantaje para que la víctima realice una determinada acción bajo la amenazas de publicar o compartir imágenes íntimas), quedan impunes o se las encuadra en figuras como la coacción.

Iniciativa

Se trata de una iniciativa que organizaciones de la sociedad civil nucleadas en un colectivo denominado “Campaña contra la Violencia Digital” vienen reclamando hace tiempo a través de distintas acciones, que incluyeron una campaña online de recolección de firmas, con unas 35.000 adhesiones.

El proyecto de violencia digital plantea que se entiende por violencia contra las mujeres “toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, en el plano analógico o virtual, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal”.

La iniciativa establece la implementación de “un servicio multisoporte, telefónico y digital gratuito y accesible, en forma articulada con las provincias, a través de organismos gubernamentales pertinentes, destinado a dar contención, información y asesoramiento sobre recursos en materia de prevención de la violencia contra las mujeres y asistencia a quienes la padecen, incluida la modalidad de violencia contra las mujeres en el espacio público” conocida como “acoso callejero”.

Asimismo, plantea la obligación de promover programas de alfabetización digital, buenas prácticas en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación y de identificación de las violencias digitales en las clases de educación sexual integral como en el resto de los contenidos educativo y en la formación docente.

Olimpia

El nombre de esta ley refiere a la activista mexicana Olimpia Coral Melo, quien impulso dicha legislación en su país.

Olimpia, tenía 18 años cuando su novio divulgó un video privado sin su consentimiento y lo viralizó en WhatsApp.

En 2014, la joven presentó un proyecto de ley en la legislatura del estado de Puebla, para impulsar una serie de reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal, para reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual.

La iniciativa ya fue aprobada en más de veinte estados y a nivel federal. En 2021 Olimpia Coral Melo fue galardonada por la revista Time como una de las 100 personas más influyentes del mundo.

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