27.6 C
San Nicolás de los Arroyos
viernes, noviembre 1, 2024
Edición Diaria
Edición N°

Básquet: la Justicia no dio lugar a la medida cautelar presentada por Regatas

El Juzgado N° 5 de San Nicolás, presidido el juez José Ignacio Ondarçuhu, rechazó la medida cautelar presentada por el club para intentar “levantar” la dura sanción que sufrió de parte de la Confederación Argentina, tras los incidentes producidos en el marco del Final Four U21. La cautelar había sido recusada por tres de los seis jueces del tribunal Civil y Comercial.

La Confederación Argentina de Basketball decidió inhabilitar al club Regatas por un año para participar en los torneos nacionales de mayores en la categoría masculina, en respuesta a los incidentes ocurridos durante el Final Four de la Liga Federal Sub-21. Además, se suspendió provisionalmente su cancha para todas las competencias locales, provinciales y nacionales.

En una resolución emitida recientemente, se destaca que la decisión fue tomada en virtud de los antecedentes de comportamiento inapropiado durante el mencionado torneo. La inhabilitación prohíbe la participación de la entidad en los torneos organizados a nivel nacional, afectando a todos sus equipos de la categoría masculina.

Regatas apeló la medida ante el Tribunal de la CAB, pero aún no tuvo respuesta. Y en el mientras tanto, la dirigencia regatense decidió recurrir a la justicia ordinaria para buscar levantar la durísima sanción que se le aplicó, apelando al perjuicio económico, deportivo y social al que se lo expuso.

Luego de un par de recusaciones (el juez José Ricardo Eseverri, del Juzgado N° 2, y Hernán Prat del Juzgado N° 6), el caso fue asignado al Juzgado N° 5, a cargo del juez José Ignacio Ondarçuhú, quien rechazó la medida cautelar presentada por el Club Regatas.

La resolución

En el fallo queda en claro que aún el Tribunal de la CAB debe expedirse sobre la apelación presentada por Regatas, por lo que la presentación en la justicia ordinaria ya se plantea errónea desde un primer momento. Menciona una presentación “acotada” y remarca la ausencia de pruebas “indispensables” que documenten los perjuicios que el club sufre con la sanción, tales como “los contratos profesionales vigentes de jugadores y cuerpo técnico, los acuerdos comerciales con sponsors y la demostración de nómina de los supuestos 400 deportistas federados afectados”.

Ante este rechazo, Regatas deberá esperar ahora el fallo del Tribunal de CAB con respecto a la apelación, en medio de una relación que quedó más rota que nunca.

- Publicidad - spot_img