La Corte ratificó una dura pena por abuso sexual contra una menor

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a 12 años y 10 meses de prisión contra Jorge Eduardo Dubiau, hallado culpable de abusar sexualmente de su hija menor de edad durante varios años en la localidad bonaerense de Carlos Casares. El máximo tribunal rechazó un recurso de queja presentado por la defensa y consolidó así el fallo dictado por la Justicia bonaerense.
La resolución, a la que accedió la agencia Noticias Argentinas, fue firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Los ministros declararon inadmisible el planteo defensivo en los términos del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, mecanismo mediante el cual el tribunal puede desestimar recursos extraordinarios cuando los considera carentes de fundamento suficiente.
Dubiau había sido condenado el 14 de octubre de 2022 por el Tribunal en lo Criminal N° 1 de Trenque Lauquen. Los magistrados lo hallaron responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado y gravemente ultrajante, agravado por el vínculo y por la situación de la víctima, una niña que al inicio de los hechos tenía apenas ocho años.
Abusos prolongados y consecuencias graves para la víctima
De acuerdo con el expediente, los ataques se produjeron entre 2006 y 2013, periodo en el que la víctima era menor de edad. La investigación determinó que los abusos se repitieron a lo largo de varios años dentro del ámbito familiar, en un contexto de sometimiento y silencio propio de este tipo de delitos intrafamiliares.
La causa judicial también acreditó que la niña quedó embarazada como consecuencia de las agresiones sexuales. La dramática situación salió a la luz cuando la menor se animó a contar lo ocurrido a una amiga, lo que motivó la intervención de su entorno familiar y, posteriormente, de la Justicia.
Rechazo en todas las instancias y cierre definitivo del caso
Tras la condena de primera instancia, la defensa de Dubiau recurrió al Tribunal de Casación Penal bonaerense, que ratificó el fallo al considerar demostrados los hechos y descartar cualquier arbitrariedad en la sentencia. Más tarde, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires también desestimó nuevos cuestionamientos del condenado.
En su última presentación, ya ante la Corte Suprema de la Nación, la defensa alegó violaciones al principio de inocencia, al derecho de defensa, al debido proceso y al derecho al doble conforme. Sin embargo, el máximo tribunal federal entendió que los agravios no reunían los requisitos para habilitar su intervención y declaró inadmisible el recurso, dejando firme la pena impuesta por la Justicia provincial.
Con esta decisión, la Corte Suprema cerró definitivamente la vía recursiva y confirmó una condena que se inscribe en la línea de fallos que reconocen la gravedad de los abusos sexuales intrafamiliares y la necesidad de brindar respuestas judiciales firmes frente a este tipo de violencia.
La resolución reafirma, además, el rol de los máximos tribunales provinciales en la revisión de las sentencias penales y marca un nuevo antecedente en materia de delitos sexuales contra niñas, niños y adolescentes, un fenómeno que las organizaciones especializadas señalan como subregistrado y fuertemente atravesado por el temor y el silencio de las víctimas.

