Casación revocó condenas y cuestionó el abordaje del conflicto territorial

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La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal absolvió por unanimidad a cinco mujeres de la comunidad mapuche que habían sido condenadas en el marco del conflicto territorial de Villa Mascardi, en la provincia de Río Negro. El máximo tribunal penal federal entendió que el juicio previo no tuvo en cuenta todos los elementos del caso y aplicó de manera inadecuada las normas constitucionales e internacionales que protegen los derechos de los pueblos indígenas.
El fallo, difundido en Buenos Aires, lleva las firmas de los jueces Guillermo J. Yacobucci, Ángela E. Ledesma y Alejandro W. Slokar, quienes hicieron lugar a los recursos de las defensas y concluyeron que la sentencia original presentaba serias deficiencias en la valoración de la prueba y en la interpretación del marco jurídico aplicable.
En su voto, Yacobucci advirtió que el pronunciamiento de primera instancia mostraba una “contradicción interna insalvable”, porque la solución adoptada no era compatible con la naturaleza del delito que los propios jueces de juicio describían. Para Casación, el conflicto no podía ser leído solo como una disputa patrimonial, sino como parte de una problemática estructural vinculada a los reclamos territoriales y a la identidad cultural de la comunidad mapuche.
Derechos indígenas y contexto de violencia en el desalojo
Slokar, con la adhesión de Ledesma, puso el foco en el marco normativo que debe guiar este tipo de procesos. Recordó que el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos fijan criterios obligatorios al momento de resolver causas que involucran a integrantes de pueblos originarios.
La sentencia remarcó que el caso no podía analizarse por fuera del contexto del operativo de desalojo en Villa Mascardi. Los jueces describieron ese procedimiento como un escenario atravesado por hechos de represión y violencia contra mujeres y niños, incluyendo menores que quedaron perdidos en el bosque durante horas y una de las imputadas que dio a luz mientras permanecía detenida. Para la Cámara, esos elementos fueron indebidamente desestimados por el tribunal de juicio.
En línea con la doctrina de la Corte Interamericana, Casación subrayó que ya existe un llamado de atención al Estado argentino por la insuficiencia de la normativa que regula los procesos de reclamación de territorios indígenas. También cuestionó que no se hubieran valorado adecuadamente los acuerdos celebrados entre la comunidad, el Estado nacional y autoridades provinciales respecto del uso y la administración de esas tierras.
El alcance del fallo y los límites a la protesta
El pronunciamiento de la Sala II fija criterios de alcance general para la interpretación de los derechos indígenas en causas penales, al reforzar la obligación de los jueces de ponderar el contexto histórico, social y cultural de los reclamos territoriales. Al mismo tiempo, la Cámara aclaró que esa protección no es absoluta.
- En otra causa, vinculada con una comunidad mapuche en el Parque Nacional Los Alerces (Chubut), Casación ratificó parcialmente condenas por incendio y vandalismo.
- Los jueces remarcaron que el marco constitucional que reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas no ampara actos de violencia ni daños a la propiedad pública o privada.
- De este modo, se traza una distinción entre los reclamos territoriales legítimos y las conductas que exceden el ejercicio de derechos y configuran delitos comunes.
El fallo de Casación enfatiza que los conflictos por tierras indígenas deben ser abordados con perspectiva de derechos humanos y estándares internacionales, sin que ello implique tolerar hechos de violencia.
Con la absolución de las cinco mujeres de Villa Mascardi, el máximo tribunal penal envía una señal al resto de la justicia federal y provincial sobre la necesidad de revisar prácticas y criterios en las causas que involucran a comunidades originarias, en un escenario donde los reclamos territoriales se mantienen como uno de los principales focos de tensión entre el Estado, las comunidades y los actores privados.

