La Corte revoca beneficio a policía por muerte de joven en Jujuy

La Corte deja sin efecto la reducción de condena al policía condenado por el crimen de Josué Mendoza

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó un fallo del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy que había reducido la condena del policía Alejandro Raúl Carlos, sentenciado originalmente a prisión perpetua por el homicidio agravado de Josué Saúl Mendoza, un joven que murió mientras estaba detenido en una comisaría jujeña en 2006.

Con las firmas de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal hizo lugar al recurso extraordinario promovido por el Ministerio Público Fiscal y dejó sin efecto la decisión provincial que había considerado al efectivo como partícipe secundario del homicidio y había rebajado la pena a 14 años de prisión, habilitando su libertad en 2020.

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El caso se remonta al 30 de junio de 2006, tras un partido del Mundial de Alemania en el que la Selección argentina quedó eliminada ante el conjunto local. Aquella noche, Mendoza fue detenido en las inmediaciones de la terminal de ómnibus de San Salvador de Jujuy, luego de un incidente en la vía pública. Según la reconstrucción judicial, el joven había estado consumiendo bebidas alcohólicas en un bar y se habría resistido al arresto, por lo que fue trasladado a una dependencia policial.

Testimonios de otros detenidos indicaron que, una vez dentro de la comisaría, Mendoza fue sometido a una violenta golpiza a patadas por parte de varios policías. Poco después, apareció colgado de los barrotes de la celda, en una escena que se intentó presentar como un suicidio. Sin embargo, los peritajes médicos determinaron que el joven había sido estrangulado y sofocado, descartando la hipótesis del autoagresor y confirmando la intervención letal de terceros.

Un fallo cuestionado y la intervención del máximo tribunal

En el juicio oral, el oficial Alejandro Raúl Carlos fue condenado a prisión perpetua como coautor del homicidio agravado y coautor de apremios ilegales. Otro efectivo policial recibió una pena de cuatro años de prisión por los apremios, y se ordenó además investigar la posible participación de otros agentes en los hechos ocurridos dentro de la dependencia.

La defensa de Carlos apeló y, años más tarde, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy revisó el caso. Por mayoría, consideró que el policía debía ser tenido como partícipe secundario del homicidio agravado y coautor de los apremios ilegales, lo que derivó en una reducción de la pena a 14 años de prisión e igual período de inhabilitación. Esa decisión permitió que se tuviera por cumplida la condena y se dispusiera la libertad del acusado en 2020.

El Ministerio Público impugnó esa revisión al considerarla arbitraria. En septiembre de 2025, el procurador general interino Eduardo Casal dictaminó a favor del planteo fiscal y recordó que en la sentencia original se había tenido por probado que Carlos, junto con otros policías, sometió a Mendoza a una severa golpiza para luego estrangularlo y sofocarlo hasta causarle la muerte. De acuerdo con esa reconstrucción, el cuerpo fue luego colocado en el baño del sector de detenidos para simular un suicidio.

Alcances de la decisión y regreso del expediente a Jujuy

La Procuración General cuestionó el argumento de la Justicia jujeña para reabrir una condena firme, al sostener que no existía la contradicción de fallos que se invocó para habilitar ese mecanismo excepcional de revisión. Para el Ministerio Público, se había producido una “ilegal y arbitraria revisión integral” de una sentencia que ya tenía autoridad de cosa juzgada desde hacía varios años.

  • La Corte Suprema hizo lugar a la queja del Ministerio Público Fiscal.
  • Declaró procedente el recurso extraordinario presentado contra el fallo jujeño.
  • Dejó sin efecto la sentencia que había beneficiado al policía condenado.
  • Ordenó que la causa regrese a la Justicia de Jujuy para un nuevo pronunciamiento.

El máximo tribunal se remitió a los fundamentos del dictamen de la Procuración General y marcó un límite a las revisiones de condenas firmes sin sustento jurídico suficiente.

Tras la decisión, el expediente vuelve ahora al Superior Tribunal de Justicia de Jujuy, que deberá dictar un nuevo fallo acorde con lo resuelto por la Corte Suprema. La causa vuelve así al centro de la escena judicial, casi dos décadas después de la muerte de Josué Saúl Mendoza, en un caso emblemático sobre responsabilidad policial, violencia institucional y alcances de la cosa juzgada en materia penal.

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