La Corte Suprema suspendió en forma provisoria los efectos del DNU

NewsITe
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso suspender de manera provisoria la derogación de la Ley de Tierras Rurales, prevista en el artículo 154 del DNU 70/2023, y ordenó que esa decisión se mantenga hasta que la Justicia Federal de Bariloche se pronuncie sobre la causa iniciada por la Asociación Civil Árbol de Pie.
El fallo, firmado por los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto a los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, responde a un planteo vinculado con la protección del ambiente y el resguardo del patrimonio natural del país. El juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia al considerar que el máximo tribunal no debía dictar una medida cautelar en esta instancia.
La medida no implica un pronunciamiento definitivo sobre la validez del DNU ni sobre la constitucionalidad de la derogación de la Ley 26.737, pero sí congela sus efectos respecto de las tierras rurales mientras se analiza el fondo del asunto en el fuero de origen. De este modo, la normativa que limita la compra y posesión de tierras por parte de extranjeros permanece, por ahora, vigente.
El reclamo ambiental de Árbol de Pie y el alcance de la cautelar
La causa se inició a fines de diciembre de 2023, cuando la Asociación Civil Árbol de Pie y particulares presentaron una acción de amparo colectivo ante el Juzgado Federal de Bariloche. Allí reclamaron que se declare inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023 al entender que la derogación de la Ley de Tierras vulnera el derecho a un ambiente sano y equilibrado, consagrado en el artículo 41 de la Constitución Nacional.
Entre sus argumentos, señalaron que la eliminación de ese marco legal podría afectar la utilización racional de los recursos naturales, así como la preservación de la naturaleza y de la diversidad biológica, al abrir la puerta a una mayor concentración y extranjerización de la propiedad rural. El expediente fue derivado luego a la Cámara Federal de La Plata, donde tramitaba otra causa vinculada al mismo artículo del decreto, y posteriormente llegó a la Corte sin que los tribunales inferiores resolvieran los pedidos cautelares.
Ante esa falta de respuesta, el máximo tribunal entendió que resultaba necesario adoptar una decisión interina para garantizar la tutela judicial efectiva y evitar daños ambientales que pudieran resultar irreparables mientras se discute la cuestión de fondo. La suspensión se mantendrá hasta que el Juzgado Federal de Bariloche defina la legitimación de los actores y se pronuncie sobre la medida cautelar solicitada.
Diferencias con el caso CECIM y la disidencia de Rosenkrantz
En su resolución, la Corte distinguió este expediente del caso promovido por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM), cuya demanda fue rechazada el 29 de septiembre de 2026. En aquella oportunidad, el tribunal consideró que la entidad no tenía legitimación activa para cuestionar la derogación de la Ley de Tierras desde la óptica de la soberanía nacional, sin avanzar sobre la constitucionalidad del artículo 154 del DNU.
- En el caso Árbol de Pie, el eje del planteo está puesto en la protección del ambiente.
- En el caso CECIM, el fundamento central era la supuesta afectación de la soberanía.
Para la mayoría de la Corte, la ausencia de una respuesta oportuna de los tribunales inferiores y la posible afectación de derechos colectivos ambientales justifican la adopción de una cautelar interina. Sin embargo, el juez Rosenkrantz sostuvo en su voto que el máximo tribunal carece de competencia para dictar este tipo de medidas en el estado actual del expediente y que debió limitarse a devolver la causa al juzgado de Bariloche, sin suspensión alguna.
La decisión mayoritaria ofrece una protección provisoria del régimen de la Ley de Tierras Rurales, a la espera de que la Justicia de primera instancia defina la legitimación y el alcance de la cautelar solicitada, sin cerrar el debate sobre la validez del DNU 70/2023.
El pronunciamiento vuelve a colocar en el centro de la escena el debate sobre el uso y la propiedad de la tierra en la Argentina, así como el rol del Poder Judicial frente a los decretos de necesidad y urgencia que modifican regulaciones sensibles para el ambiente y la soberanía territorial.

