La Corte dejó firme condena a prefecto por abuso en Misiones

La Corte Suprema ratificó una condena ejemplar por violencia de género en la Prefectura

Sede judicial donde se resolvió la condena a un prefecto por violencia de género

NewsITe

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a 15 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos contra el subprefecto Jorge Daniel Barceló, ex jefe de la Estación de Salvamento, Incendio y Protección Ambiental (SIPA) de Posadas, hallado culpable de someter a una subordinada a abusos sexuales y un persistente esquema de violencia de género y hostigamiento laboral.

En una resolución dictada la semana pasada, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti declararon inadmisible el recurso de queja presentado por la defensa del condenado. El máximo tribunal entendió que la presentación no cumplía con los requisitos formales exigidos para este tipo de impugnaciones, con lo cual la sentencia dictada por el Tribunal Oral Federal de Posadas quedó definitivamente firme.

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El fallo de la Justicia misionera había puesto el foco en el contexto de asimetría de poder y estricta jerarquía dentro de la Prefectura Naval Argentina (PNA), marco en el cual Barceló se valió de su cargo para desplegar un patrón sistemático de violencia laboral, psicológica y sexual contra la víctima. El tribunal también ordenó una indemnización por los daños materiales y morales sufridos por la mujer y dispuso la revisión administrativa de las sanciones que le fueron impuestas dentro de la fuerza.

Violencia de género en el ámbito de las fuerzas de seguridad

De acuerdo con la acusación sostenida por el Ministerio Público Fiscal, el caso evidenció cómo la estructura verticalista de una fuerza de seguridad puede ser utilizada para encubrir y sostener situaciones de violencia de género. El fiscal interino Pablo Ricardo Di Loreto destacó en su alegato que el acusado “actuó con impunidad valiéndose de un contexto de estricta jerarquía y asimetría de poder”, sometiendo a la subordinada a un proceso sostenido de persecución y agresiones.

Además de la reparación económica, el tribunal ordenó a la Prefectura Naval la restitución plena de los derechos y antecedentes de la víctima en el ámbito institucional, así como la revisión obligatoria de todas las medidas disciplinarias adoptadas en su contra. La sentencia también dispuso que, una vez firme, se proceda a la extracción del perfil genético de Barceló para incorporarlo al Banco Nacional de Datos Genéticos, en cumplimiento de la Ley Nº 26.879, que creó el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a delitos contra la integridad sexual.

Cómo se inició la causa y qué determinó la Justicia

La investigación se puso en marcha en octubre de 2022, cuando la víctima denunció los hechos ante la Fiscalía Federal Nº 2 de Posadas, a cargo de la fiscal interina Silvina Gutiérrez. Desde el inicio del proceso, la mujer contó con el acompañamiento especializado de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), que intervino en el abordaje integral del caso y en la incorporación de la perspectiva de género en la estrategia acusatoria.

También participaron la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC) y la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), que brindaron apoyo y seguimiento durante las sucesivas etapas judiciales. Ese trabajo articulado permitió reconstruir el contexto en el que se dieron los hechos y visibilizar las prácticas de hostigamiento dentro de la estructura de la PNA.

En el juicio oral, los magistrados Fabián Cardozo, Manuel Alberto Jesús Moreira y Enrique Jorge Bosch tuvieron por acreditado que el ciclo de violencia comenzó a principios de 2020, luego de que la subordinada sufriera un accidente vial que le provocó una fractura en la muñeca. En lugar de otorgarle la licencia médica con reposo que correspondía, Barceló la obligó a cumplir tareas administrativas y aprovechó esa situación de vulnerabilidad para intensificar el hostigamiento.

Hostigamiento, sanciones arbitrarias y encubrimiento

  • Reiteradas invitaciones personales e insinuaciones rechazadas por la víctima.
  • Persecución laboral mediante insultos y maltratos cotidianos.
  • Cambios arbitrarios de guardia y evaluaciones negativas como forma de presión.
  • Sanciones disciplinarias desproporcionadas para reforzar el sometimiento.

Según se probó en el expediente, frente a las negativas de la mujer a acceder a los requerimientos personales del oficial, Barceló inició un esquema de persecución sistemática: modificó horarios, dispuso guardias desfavorables y fabricó antecedentes negativos para deteriorar su legajo. Con el objetivo de encubrir la omisión de cargar el certificado médico en el sistema interno de la fuerza, ordenó además fraguar un parte de novedades y asentar datos falsos en el libro de guardia.

El caso se inscribe en la agenda de justicia con perspectiva de género, que busca desarmar los pactos de silencio y la impunidad dentro de las estructuras jerárquicas del Estado, en particular en las fuerzas de seguridad.

Con la decisión de la Corte Suprema, el expediente penal llega a su cierre judicial, pero al mismo tiempo marca un antecedente relevante en el abordaje de la violencia de género en ámbitos institucionales. La firmeza de la condena refuerza el deber del Estado de garantizar ámbitos laborales libres de violencia y de asegurar mecanismos de denuncia, protección y reparación eficaces para las víctimas.

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