Una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires habilitó la prosecución de trabajos vinculados al resguardo de la seguridad de los visitantes del Eco Parque y las zonas de islas en que se abrieron balnearios públicos. En tanto, se mantiene la medida cautelar que impide la realización de nuevas y distintas obras.

De la redacción de EL NORTE
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En el marco de un pleito judicial que de un lado tiene a la Municipalidad de San Nicolás y del otro al Foro Ambiental de San Nicolás (FOMEA) y que motivó la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, desde el gobierno local celebraron ayer viernes el contenido de una reciente resolución del máximo tribunal provincial.
“La Suprema Corte de Justicia emitió su resolución sobre la situación del Eco Parque y playas de San Nicolás, ante el pedido de un grupo de activistas ambientales para impedir que se ejecuten nuevos trabajos en esa zona. Tras las pericias realizadas en el lugar, el máximo organismo de Justicia autorizó la continuidad de las obras ya comenzadas y que están ligadas a garantizar la seguridad de las personas que transitan por dichos espacios públicos”, indicó un comunicado que dieron a difusión desde el municipio.
Indicaron además que entre los trabajos autorizados “se encuentran el refuerzo en los caminos que van al Eco Parque y playas; como así también la Costanera Alta, que se considera de carácter imprescindible para el desarrollo de la zona norte”.
Por último, también informaron que “se mantiene la cautelar para la realización de nuevas obras, distintas a las ya ejecutadas, que no estén amparadas en el Código Urbano Ambiental y sus modificaciones”.
Otra campana
Hasta ahí lo comunicado por el municipio. Una vez que aquello hubo tomado estado público, desde otros espacios pusieron el acento en otros pasajes del contenido de la resolución de la Corte bonaerense. Por ejemplo, lo expresado en el primer artículo: «Dejar establecido que la demandada [la Municipalidad de San Nicolás] no ha dado cumplimento a la medida precautoria dispuesta por el Tribunal en su resolución del 12 de julio de 2022, reiterada el 10 de agosto siguiente». La referencia tenía que ver con las medidas precautorias que ordenó la Justicia una vez dejado en suspenso el Código Urbano Ambiental sancionado por el Concejo Deliberante en diciembre de 2021.
También destacaron la intimación al “señor Intendente Municipal […] para que dé inmediato cumplimiento a la medida referida en el punto anterior, lo que supone la paralización de las obras o trabajos que se ejecuten como consecuencia de lo previsto» en diversos puntos del suspendido Código Urbano Ambiental».
De todas maneras, la resolución de la Suprema Corte exceptúa en forma expresa a las obras «ya comenzadas y que propendan estrictamente a garantizar la seguridad de las personas que transitan por dichos espacios públicos». Es decir, lo mismo que habían comunicado desde el municipio.
Medidas
Por lo demás, la Suprema Corte encomienda al Ministerio de Ambiente bonaerense «el seguimiento y control del cumplimiento de las medidas dispuestas».
La resolución firmada por los jueces de la Corte Sergio Torres, Hilda Kogan, Daniel Soria y Daniel Carral también convoca a las partes a una audiencia a realizarse durante la segunda quincena de febrero próximo, «en fecha, lugar y modalidad a designar por la Presidencia del Tribunal, a los fines de informar acerca del estado de la situación a ese momento y avanzar propuestas tendientes a la implementación de un plan de manejo sustentable del área natural, atendiendo a los bienes ambientales así como a los intereses de la comunidad local implicados».

