Manuel Passaglia celebró el fallo de cámara que restituyó el nuevo régimen penal juvenil en suelo bonaerense

La Cámara penal de Lomas de Zamora anuló la orden de la jueza Marta Pascual, que había interrumpido por 60 días la vigencia de la ley que baja la edad de imputabilidad. “La Cámara nos dio la razón: los jueces están para aplicar las leyes, no para reemplazar al Congreso cuando una ley no les gusta”, indicó el diputado provincial Manuel Passaglia. Y sumó: “Ahora esperamos que también avance el jury” contra la magistrada Pascual.

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El diputado provincial Manuel Passaglia se refirió este martes a la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora de revocar el fallo que había suspendido la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. El exintendente de San Nicolás sostuvo que la resolución respaldó los cuestionamientos que había formulado contra la jueza Marta Pascual y pidió que avance el jury que presentó en su contra.

“La Cámara de Lomas de Zamora acaba de revocar el fallo de la jueza Marta Pascual que había frenado en toda la Provincia la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil”, expresó Passaglia a través de su cuenta de X.

El dirigente de Hechos recordó que había cuestionado la decisión judicial desde que se conoció. Una semana atrás, denunció a Pascual y presentó un pedido de jury luego de que la magistrada suspendiera preventivamente durante 60 días la implementación de la Ley 27.801 en territorio bonaerense.

“La Cámara hoy mostró que teníamos razón”

Passaglia vinculó directamente el nuevo fallo con los argumentos que había planteado al denunciar a la magistrada. “Fuimos muy claros desde el primer día: una jueza no puede decidir por su cuenta suspender una ley sancionada por el Congreso para toda la Provincia. Por eso presentamos un pedido de jury y una denuncia contra la jueza”, sostuvo.

Luego, el exintendente se refirió a los fundamentos de la Cámara. “La Cámara dijo exactamente eso: la decisión afectaba la división de poderes y un juez no puede hacer cesar con efectos generales la vigencia de una ley”, afirmó.

“La Cámara hoy mostró que teníamos razón y que los jueces están para aplicar y controlar las leyes, no para reemplazar al Congreso cuando una ley no les gusta”, agregó Passaglia. Finalmente, mantuvo su reclamo contra la magistrada: “Ahora esperamos que también avance el jury”.

Passaglia había denunciado a Pascual una semana atrás

El pasado 8 de septiembre, Passaglia anunció una denuncia y un pedido de jury contra Marta Pascual después de que la titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de Lomas de Zamora frenara preventivamente la implementación del nuevo régimen.

En aquella oportunidad, el dirigente cuestionó que Pascual hubiera suspendido la aplicación de la Ley 27.801 sin declarar su inconstitucionalidad. “No declaró la ley inconstitucional. Ni siquiera había terminado de resolver si era competente. Pero igual se arrogó el poder de dejarla sin efecto durante 60 días para 17 millones de bonaerenses”, sostuvo entonces.

Passaglia también había cuestionado declaraciones públicas que atribuyó a la magistrada sobre las consecuencias de la reforma. “Los jueces están para aplicar y controlar las leyes, no para reemplazar al Congreso ni hacer política desde un juzgado”, afirmó.

La Cámara revocó la suspensión del nuevo régimen

La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocó este martes el hábeas corpus que había suspendido la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires.

Pascual había hecho lugar a un hábeas corpus preventivo y colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo en representación de adolescentes privados de libertad. Entre sus argumentos, planteó dudas sobre las condiciones edilicias, institucionales y profesionales disponibles en la provincia para alojar a los adolescentes alcanzados por la nueva legislación.

La Ley 27.801 establece un nuevo régimen penal juvenil y reduce de 16 a 14 años la edad mínima de imputabilidad. Tras la resolución de la Cámara conocida este martes, quedó sin efecto la suspensión que impedía su aplicación en territorio bonaerense.

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