En medio de la crisis del gas y la ola de frío, el Gobierno desreguló el mercado de gas envasado y limitó la intervención estatal

Mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, se eliminaron controles sobre precios, oferta y demanda de gas envasado, y se redujo el rol de la Secretaría de Energía a la fiscalización de seguridad.

El Gobierno nacional oficializó la desregulación del mercado de gas licuado de petróleo (GLP) mediante el Decreto 446/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial. La nueva normativa modifica el marco regulatorio del gas envasado y limita la intervención estatal exclusivamente a la fiscalización de los parámetros de seguridad.

El decreto estableció que la Secretaría de Energía deberá cumplir su función “sin interferir en aspectos operativos que competen al funcionamiento del mercado, evitando intervenir en decisiones vinculadas a precios, oferta y demanda”. Así, a partir de ahora el mercado de GLP quedará regido por un sistema “libre y competitivo” para la asignación de recursos y el desarrollo del sector.

El Ejecutivo fundamentó la medida al señalar que el régimen anterior generaba “sobrerregulación, duplicación de funciones, distorsiones de mercado y sobrecostos operativos que impactan negativamente en los precios al consumidor”. Además, indicó que “el sector privado es el principal interesado en expandir la producción, el fraccionamiento y la comercialización de GLP”.

Desregulación del gas envasado en Argentina: cambios de plantas, envases y comercio exterior

La norma eliminó la obligación de autorización previa por parte de la Secretaría de Energía para instalar o ampliar plantas de fraccionamiento, disponiendo que bastará con presentar la documentación exigida y que el silencio administrativo será considerado positivo luego de diez días hábiles. También se flexibilizó el régimen de marcas y envases: los fraccionadores podrán envasar GLP de distintos productores o marcas y deberán recibir envases de cualquier leyenda.

Por otro lado, el decreto autorizó la importación libre de gas licuado de petróleo, sin aprobación previa, siempre que se cumpla la normativa vigente. Las exportaciones serán permitidas cuando se garantice el abastecimiento del mercado interno.

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