El Ejecutivo reglamentó la Ley 27.801, que establece un nuevo sistema para adolescentes acusados de cometer delitos entre los 14 y los 17 años. El Ministerio de Justicia será la autoridad de aplicación en la Justicia nacional y federal y se establecieron mecanismos de seguimiento, articulación con las provincias y medidas orientadas a la educación y resocialización.

El Gobierno nacional reglamentó este lunes el nuevo Régimen Penal Juvenil, que establece el marco aplicable a adolescentes desde los 14 años y hasta antes de cumplir los 18 que sean imputados por delitos. La medida quedó formalizada mediante el Decreto 875/2026, publicado en el Boletín Oficial.
La reglamentación designa al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito de la Justicia nacional y federal y establece los mecanismos necesarios para implementar la Ley 27.801. La normativa había sido sancionada por el Congreso a comienzos de este año y reemplazó al régimen que se encontraba vigente desde 1980.
El nuevo sistema tiene como finalidad fomentar en los adolescentes imputados la responsabilidad legal por sus actos y avanzar en su educación, resocialización e integración social. A su vez, mantiene una serie de derechos y garantías específicas durante todo el proceso judicial y establece que las actuaciones tendrán carácter reservado.
Cómo funcionará el nuevo régimen
Entre las herramientas previstas aparece la figura de un supervisor encargado de realizar un seguimiento individual del adolescente durante el proceso. Este deberá mantener entrevistas semanales, controlar su evolución y elaborar informes mensuales sobre su educación, formación y conducta, además de trabajar junto con los demás profesionales que intervengan.
La ley contempla diferentes medidas y penas según las características y gravedad de cada caso. Entre ellas figuran la amonestación, restricciones de contacto o acercamiento, medidas educativas y de capacitación laboral y, en los casos contemplados por la normativa, penas privativas de la libertad.
El régimen prohíbe expresamente aplicar prisión o reclusión perpetua a adolescentes. El máximo de una pena privativa de la libertad será de 15 años, incluso cuando la escala correspondiente a los delitos cometidos pudiera resultar superior.
En caso de detención, los adolescentes deberán permanecer separados de los adultos y ser alojados en establecimientos adecuados. La normativa establece que la privación de la libertad deberá orientarse a la educación, formación, resocialización y reinserción social.
Coordinación entre Nación y las provincias
La reglamentación también crea el Comité Interministerial del Régimen Penal Juvenil y una Mesa Federal que funcionará como espacio permanente de coordinación entre el Gobierno nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Entre sus objetivos estará armonizar criterios técnicos y procesales, intercambiar experiencias entre las distintas jurisdicciones, facilitar convenios de cooperación y elaborar recomendaciones para la aplicación del sistema.
La Ley 27.801, además, invita a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adecuar sus legislaciones procesales y normas administrativas a los principios, derechos y garantías establecidos por el nuevo régimen.
Con la publicación del Decreto 875/2026, el Ejecutivo avanzó así en la implementación del sistema aprobado por el Congreso para abordar los procesos penales que involucren a adolescentes de entre 14 y 17 años.

