El Gobierno nacional publicó hoy en el Boletín Oficial la disposición que permite el autoservicio de combustibles en las estaciones de servicio. Sin embargo, esta medida no se llevará a cabo en la provincia de Buenos Aires donde está prohibido implementar este tipo de servicios, influyendo en San Nicolás.

El decreto 46/2025 firmado por la Secretaría de Energía reglamenta la posibilidad de que un usuario pueda despacharse nafta y gasoil por si mismo. Para el Gobierno, la medida impactará en “un precio diferenciado más bajo, con claro beneficio para el consumidor”, ya que las estaciones de servicio tendrán menos gastos.
Se trata de una actividad que está permitida en países como Estados Unidos, Uruguay y Paraguay, además de estados integrantes de la Unión Europea. El anuncio lo había efectuado el año pasado el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, pero recién se oficializó este miércoles con su entrada en vigencia en el Boletín Oficial.
En la Ciudad de Buenos Aires y Mendoza se dieron pruebas piloto de este nuevo sistema en estaciones de servicio de YPF y Shell, luego de que se expidieran permisos especiales, ya que comenzaron antes de que la norma estuviera reglamentada.
La idea de los estacioneros es comenzar a brindar un servicio mixto, en el que se incorporará el autodespecho, pero se mantendrá a los playeros para cargar el combustible de la manera habitual. El autoservicio puede ser útil para los horarios nocturnos y las pocas fechas en el año en que las estaciones de servicio no funcionan, como Navidad y Año nuevo en ciertos horarios.
No aplicará en San Nicolás
El autoservicio de combustibles no se aplicará, en principio, en provincias como Buenos Aires, La Pampa y Jujuy, donde está prohibido implementar este tipo de servicios, de acuerdo a lo que establecen leyes locales.
A nivel provincia, la norma restringe la operación de surtidores a personas ajenas al personal de las estaciones de expendio. Por tal motivo, dicha medida no se aplicará en nuestra ciudad según lo establecido en la ley provincial 13.623, promulgada en 2007.
En aquel momento, la Legislatura Bonaerense aprobó en el 2006 la Ley 13.623 que en enero de 2007 fue promulgada por el Poder Ejecutivo que en ese momento estaba a cargo de Felipe Solá.
Se trata de una norma muy breve que prohíbe expresamente en todo el territorio provincial el funcionamiento de surtidores que sean operados por el consumidor por por personal ajeno a las estaciones de servicio. Esta reglamentación, que rige para combustibles líquidos y gaseosos, sigue vigente.
Fundamentos de la prohibición
En la provincia de Buenos Aires está prohibido el autoservicio de combustibles debido a razones de seguridad laboral, prevención de riesgos y protección del empleo en el sector. La legislación vigente impide que los conductores carguen combustible por su cuenta, como sucede en otros países, y exige la presencia de playeros capacitados para realizar la tarea.
La prohibición entonces ocurre por lo siguiente:
- Seguridad y prevención de accidentes en el espacio: la manipulación de combustibles implica riesgos de incendio, explosiones y derrames si no se realiza correctamente.
- Los playeros están capacitados para operar los surtidores y actuar en caso de emergencias. Y además, cuentan con protección en el empleo.
- La prohibición, en tanto, busca evitar la pérdida de puestos de trabajo en estaciones de servicio. Ya que el sector emplea a miles de trabajadores en toda la provincia y el autoservicio podría afectar esta fuente laboral.
Normativa vigente
La ley provincial 13.623, sancionada en 2007, establece la prohibición del autoservicio de combustibles en Buenos Aires.
En 2019, el Gobierno nacional había autorizado la opción del autoservicio, pero en la provincia de Buenos Aires la normativa local impidió su implementación.

