El Gobierno liberó el tránsito de los fertilizantes y facilitó la importación de productos

Los fertilizantes y enmiendas que se elaboren, fraccionen, vendan, importen o exporten estarán sujetos al registro a cargo del Senasa.

El Gobierno nacional liberó el tránsito de los fertilizantes y, además, facilitó la importación de productos de otros países. Esta medida se implementó a través del decreto 101, publicado este lunes en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y el ministro de Economía, Luis Caputo.

A partir de ahora, los fertilizantes y enmiendas que se elaboren, fraccionen, vendan, importen o exporten estarán sujetos al registro a cargo del Senasa, con el fin de asegurar al usuario la calidad garantizada de estos. Asimismo, la nueva normativa señaló que las personas humanas o jurídicas que fabriquen, importen, exporten, fraccionen o distribuyan fertilizantes o enmiendas deberán inscribirse.

Dentro de los considerandos se explica qué es un fertilizante: “Producto destinado a aumentar el crecimiento y la productividad de los cultivos debido al aporte directo de nutrientes que podrá ser de carácter inorgánico u orgánico, y podrán contener diversos elementos nutrientes”.

Por otro lado, se define a una “enmienda” como toda sustancia o mezcla de sustancias de carácter mineral u orgánico, que incorporada al suelo modifique favorablemente sus características físicas, químicas o biológicas, sin tener en cuenta su valor como fertilizante. Algunos ejemplos son yeso, cales, azufre, dolomita, turba y otras sustancias.

Corresponderá a la Secretaría de Agricultura, a través del Senasa, establecer el procedimiento administrativo de inscripción en el registro. Este organismo deberá expedirse sobre la solicitud en un plazo de 10 días hábiles y, ante el silencio administrativo, la inscripción se dará por aprobada.

En cuanto a los fertilizantes y enmiendas que cuenten con certificaciones emitidas por las autoridades competentes de determinados países o grupos de países, estarán autorizados para su importación, distribución y comercialización. Será el Senasa el encargado de incorporar dichos productos al registro.

Según la resolución oficial, “todo fertilizante y enmienda que cuente con certificaciones emitidas por las autoridades competentes de los países o grupos de países individualizados en el Anexo I (IF-2025-15582414-APN-SAGYP#MEC), o los que en el futuro se incorporen a dicho Anexo, estarán autorizados para la importación, distribución y comercialización”. Este listado incluye a Estados Unidos, Australia, Nueva Zelanda, Brasil, Israel, Unión Europea, Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Desde el Ministerio de Transformación y Desregulación del Estado, Federico Sturzenegger explicó los alcances de la medida en la red social X. “Mientras los responsables de vender dólares a $300 cuando valía $1200 critican al presidente por presuntos actos de una empresa privada, el presidente sigue trabajando como todos los días. El decreto publicado hoy impulsa una importante desregulación en la comercialización, tanto externa como interna, de fertilizantes, uno de los insumos claves para el país”, afirmó el funcionario.

Además, señaló que “a partir del decreto todo fertilizante (no orgánico) certificado en el exterior podrá ser comercializado sin restricciones en el país y sin necesidad de trámites ni autorizaciones”. Lo más relevante, destacó, es que se liberó el tránsito de fertilizantes dentro del país, una restricción que existía por razones militares.

Históricamente, el nitrato de amonio (NH₄NO₃) ha sido considerado tanto un fertilizante como un posible precursor de explosivos. Debido a ello, la reglamentación vigente desde 1973, bajo la Ley de Fertilizantes 20.466, impuso restricciones a su movimiento en el país. “Lo cierto es que lo que en aquel año quizás pudo haber tenido sentido (seamos generosos) hace tiempo que lo perdió. Pero la restricción quedó olvidada ¡por 50 años!”, enfatizó Sturzenegger.

Finalmente, el ministro reveló que este decreto, aunque simple en apariencia, llevó exactamente 365 días desde la primera reunión hasta su publicación. “Una complicación era dilucidar quién verificaría el tránsito del nitrato de amonio. ¿Seguridad? ¿Senasa? Nadie sabía. Lo cual revela otra cosa: el trámite existía, pero en la práctica nadie verificaba nada. Es decir, era una norma que solo imponía costos, porque sí se exigía el trámite, pero no el control que se suponía venía con el mismo”, concluyó, agradeciendo al equipo de la Secretaría de Agricultura que trabajó en la normativa.

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