Bariloche: fuerte cruce por el testimonio clave en causa por trata

El defensor de Rudnev acusa al Ministerio Público de impedir que hable la mujer que niega haber sido víctima

Audiencia judicial en Bariloche por la causa de trata

NewsITe

En una tensa audiencia realizada en el fuero federal de San Carlos de Bariloche, el abogado Martín Sarubbi, defensor de Konstantin Rudnev, cuestionó con dureza al Ministerio Público Fiscal por oponerse a que Elena Makarova, señalada por la acusación como víctima de trata de personas, amplíe su declaración mediante un anticipo jurisdiccional de prueba.

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Sarubbi sostuvo ante el juez federal de garantías Leandro Gómez Constenla que la posición de la Fiscalía implica, en los hechos, “amordazar” a la propia mujer que el expediente presenta como víctima. De acuerdo con su planteo, Makarova desea declarar nuevamente para aportar información y aclarar aspectos centrales de la causa, pero el organismo acusador rechaza el mecanismo procesal solicitado por la defensa.

El abogado remarcó la aparente contradicción de que sea la presunta víctima quien insista en ser escuchada y, al mismo tiempo, la Fiscalía argumente que una nueva declaración podría revictimizarla. Según su visión, las garantías previstas para proteger a las víctimas no pueden utilizarse para impedir un testimonio ofrecido voluntariamente y que podría resultar clave para el esclarecimiento de los hechos.

Debate por los derechos de la víctima y la estrategia fiscal

Para Sarubbi, la negativa de Makarova a reconocerse como víctima de trata no debería interpretarse automáticamente como una señal de sometimiento o condicionamiento, tal como sugieren los fiscales. Al contrario, planteó que esa postura podría indicar que no se configuró el delito que se le imputa a Rudnev, y que justamente el proceso penal debe servir para determinar qué ocurrió realmente.

En su exposición, el defensor recordó que Makarova manifestó públicamente que no fue captada, ni sometida a servidumbre, ni mantenida en condiciones de explotación en Bariloche. En esa línea, cuestionó que la Fiscalía descarte de plano esa versión y solicitó que sea la propia mujer quien, en una audiencia controlada por todas las partes, pueda responder preguntas y aclarar dudas sobre su situación.

El letrado también se refirió a los mensajes recuperados del teléfono de Makarova, que la acusación habría presentado como indicios de vulnerabilidad. A su criterio, las recomendaciones de no declarar sin antes consultar a un abogado constituyen un ejercicio legítimo del derecho de defensa, más aún tratándose de una ciudadana rusa que no hablaba español y se encontraba internada en un hospital bajo custodia policial.

Críticas al accionar fiscal y a los primeros operativos

En tono crítico, Sarubbi cuestionó los procedimientos iniciales de la causa y llegó a describir como “fatídico” el día en que, según él, los ciudadanos rusos que pasaron por un aeropuerto en la Argentina terminaron detenidos. También puso bajo la lupa las condiciones en las que Makarova habría permanecido en el hospital, con consigna policial, y se preguntó si no fue el propio Ministerio Público el que vulneró sus derechos al mantenerla en esa situación.

El defensor rechazó, además, que los videos y declaraciones públicas de Makarova pidiendo la libertad de Rudnev puedan considerarse, por sí solos, una prueba de manipulación o falta de autonomía. A su entender, la forma adecuada de despejar cualquier sospecha es convocarla a declarar y permitir que tanto la Fiscalía como la defensa la interroguen en igualdad de condiciones.

Uno de los puntos que subrayó fue que todavía no tuvo oportunidad de preguntar directamente a la mujer sobre los hechos investigados. Por eso reivindicó el uso del anticipo jurisdiccional de prueba, previsto en el artículo 262 del Código Procesal Penal Federal para testigos que residen en el extranjero o que podrían no estar disponibles en el futuro juicio oral.

El contexto internacional y el riesgo de que Makarova no declare

Al fundamentar su pedido, Sarubbi mencionó la situación internacional, en particular la guerra entre Rusia y Ucrania, como un factor de incertidumbre que podría complicar más adelante la participación de Makarova en un debate oral. Aunque admitió que el conflicto no es nuevo, advirtió que un eventual agravamiento podría obstaculizar su declaración, incluso con los mecanismos de cooperación vigentes.

Para reforzar su planteo, citó doctrina de los juristas Basilico y Daray sobre la necesidad de asegurar por adelantado testimonios relevantes cuando se trata de personas que viven fuera del país. “Nada asegura que la señora vaya a regresar”, argumentó, al remarcar que Makarova reside actualmente en Rusia y que el anticipo jurisdiccional permitiría resguardar su palabra para un eventual juicio.

El abogado también recordó que, en mayo de 2025, fue la propia Fiscalía la que promovió una medida similar que finalmente no prosperó. A su juicio, el cambio de postura del Ministerio Público resulta “al menos contradictorio” y se aparta del deber de objetividad que exige escuchar a todas las voces involucradas en la causa.

Rechazo del juez y continuidad de la causa

Pese a los argumentos de la defensa, el juez Gómez Constenla rechazó el pedido de anticipo jurisdiccional de prueba al considerar que no se acreditó un riesgo concreto de que Makarova no pueda declarar en un futuro juicio oral. Según su criterio, las eventuales dificultades vinculadas al contexto internacional no resultan, por ahora, suficientes para habilitar la medida excepcional prevista por el Código Procesal Penal.

Con esa decisión, la declaración de la joven rusa quedó postergada para una etapa posterior del proceso. No obstante, la defensa de Rudnev insistió en que escucharla en profundidad y confrontar su versión con el resto de las pruebas es indispensable para dilucidar la acusación de trata de personas que pesa sobre el ciudadano ruso.

Mientras tanto, el caso continúa bajo la atención de especialistas y observadores internacionales, que siguen de cerca el modo en que la Justicia argentina aborda las denuncias de trata, la protección a las presuntas víctimas y el equilibrio entre sus derechos y las garantías de defensa en juicio.

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