Atanor aclara el alcance del fallo judicial y ratifica su plan de remediación ambiental en San Nicolás

La empresa aseguró que la resolución de la Suprema Corte bonaerense no representa un fallo definitivo y confirmó que llevará el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Además, defendió los resultados de los estudios ambientales, rechazó las interpretaciones sobre la contaminación del Arroyo Yaguarón y ratificó que continuará con el plan de remediación bajo supervisión de los organismos provinciales.

atanor alcance fallo judicial remediación ambiental


Mediante un comunicado oficial, la empresa da cuenta de que «la reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires no constituye un fallo definitivo, como circuló erróneamente en los últimos días. Se trata solamente del rechazo de un recurso de inaplicabilidad de ley, vía procesal que promovió la empresa en el año 2023 y que no fue admitida por dicho tribunal, por lo que continuará ahora la correspondiente instancia recursiva ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación».

A continuación, el texto completo que Atanor hizo público:
«La causa en cuyo marco se dictó la sentencia mencionada, que continuará tramitando en nuevas instancias judiciales, se basa en elementos probatorios que habían sido incorporados al expediente hasta el año 2023.

Desde la ocurrencia del evento de marzo del 2024, la compañía ha estado bajo permanente fiscalización de las autoridades de control ambiental de la Provincia de Buenos Aires, con quienes viene trabajando activamente en la implementación de un robusto plan de remediación y cierre del sitio que operó hasta mediados del 2025. Todo ello en línea con las recomendaciones emanadas del informe que produjo el Conicet, luego del análisis de riesgo ambiental que llevó a cabo en el establecimiento de San Nicolás.

Atanor seguirá avanzado en las etapas previstas de ese plan de trabajo, al tiempo que continuará ejerciendo su derecho de defensa en las instancias judiciales correspondientes.

Con relación a las interpretaciones que se hicieron sobre las muestras de agua tomadas en el Arroyo Yaguarón, dado el rigor técnico de la información y el desconocimiento general que prevalece respecto de un asunto tan complejo, consideramos que se incurre en falacias y tergiversaciones que llevan a un posicionamiento sesgado que no condice con las conclusiones a las que se está arribando en el marco de los distintos procedimientos, tanto administrativos como judiciales, en trámite.

Por ello, es preciso aclarar lo siguiente:

● Las muestras fueron recabadas por las autoridades de control ambiental en distintos puntos del Arroyo Yaguarón. La Autoridad del Agua tomó muestras de agua y el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires tomó muestras de lodo. Los sitios donde se realizaron los muestreos, adicionalmente a la zona de la planta de Atanor, corresponden a puntos aguas arriba de dicha planta en la zona denominada “la Horqueta” y, finalmente, en la zona del Ecoparque de la ciudad.
● Los resultados de las muestras de agua analizadas permiten concluir que los compuestos detectados ingresan al Arroyo Yaguarón desde el Arroyo del Medio y llegan por corriente abajo hasta la altura de la planta, donde fueron detectados exactamente en los mismos niveles, por lo cual no se ha podido concluir que las detecciones corresponden a la actividad productiva que se desarrollaba en el predio de Atanor. Por el contrario, la conclusión a la que se arribó indica que los compuestos hallados son la resultante de las escorrentías de los campos que bordean el Arroyo del medio y son canalizados hacia este, apareciendo luego en el Arroyo Yaguarón en la zona de la Horqueta y aguas abajo.
● Los resultados de las muestras de lodo detectaron solamente glifosato en la muestra que corresponde al punto de muestreo situado en la desembocadura del Arroyo del Medio al Arroyo Yaguarón (distante a más de 10 km, aguas arriba de la planta de Atanor); en el resto de los sitios donde se tomaron muestras (entre ellos a la altura del vuelco del efluente industrial de Atanor) no se observa su presencia por encima del límite de detección del método analítico. El resto de los parámetros medidos no fue detectado en ninguno de los sitios.
● El proceso de remediación en curso ante el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires se circunscribe al recurso “suelo” (estrictamente a una zona específica de la planta), no hay ningún proceso de remediación en trámite que involucre al acuífero subterráneo.
● En el marco de los rigurosos controles que dicha autoridad viene realizando en todas las etapas del proceso, se solicitó a la empresa la realización de mediciones sobre el Arroyo Yaguarón en 3 puntos y en 3 fechas distintas (antes de iniciar las tareas de saneamiento, durante la ejecución de las tareas y una vez finalizadas las mismas).
● Todos los muestreos arrojaron para todos los compuestos resultado de no detección, en cada una de las fechas y en cada sitio de medición. Complementariamente, se solicitó realizar un monitoreo de la calidad del aire en 5 sitios y con una frecuencia quincenal, durante la ejecución de las tareas de saneamiento descriptas. Se ejecutaron 2 campañas de mediciones y todos los resultados se encontraron dentro de los límites establecidos por la normativa de referencia.
● Todas las tareas mencionadas se vienen llevando a cabo bajo estricta supervisión de los organismos de control correspondientes.

Por todo lo expresado, Atanor reafirma su compromiso con la sostenibilidad y la transparencia. La compañía no solo está acatando las disposiciones judiciales, sino que mantiene un trabajo proactivo y coordinado con las autoridades de la Provincia de Buenos Aires para garantizar la eficacia de su plan de remediación.

Con resultados técnicos que respaldan la seguridad de sus operaciones, Atanor ratifica su voluntad de seguir invirtiendo en innovación y tecnología, respetando el medio ambiente y cumpliendo con cada una de sus responsabilidades».

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -