El ministro de Economía, Luis Caputo, volverá a reunirse este jueves con tributaristas para definir los últimos cambios del proyecto que busca ampliar el régimen simplificado. Mientras tanto, el Gobierno evalúa una alternativa para que los contribuyentes no pierdan los beneficios de la futura norma pese a los vencimientos de julio.

El ministro de Economía, Luis Caputo, encabezará este jueves 16 de julio una nueva reunión con reconocidos tributaristas para ultimar el proyecto de reforma de la Ley de Inocencia Fiscal, cuya presentación oficial está prevista para la próxima semana. La iniciativa apunta a otorgar mayor seguridad jurídica al régimen de Ganancias Simplificada y a resolver la incertidumbre que genera la cercanía del vencimiento de las declaraciones juradas de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular.
El principal desafío es el calendario. El próximo 27 de julio vence el plazo para presentar las declaraciones juradas anuales y, ante la demora del tratamiento legislativo, quedó descartada la posibilidad de que la reforma entre en vigencia antes de esa fecha. Por ese motivo, los profesionales en Ciencias Económicas reclamaron una solución que permita preservar los beneficios previstos en el proyecto.
Según publicó iProfesional, el Gobierno descartó una nueva prórroga de los vencimientos debido al impacto que tendría sobre la recaudación. También analizó la incorporación de un sexto anticipo, aunque esa alternativa perdió fuerza dentro del Ministerio de Economía.
En ese contexto, comenzó a tomar impulso una nueva herramienta conocida como el “botón de Ganancias Simplificada”. De acuerdo con la información difundida por iProfesional, quienes presenten y paguen en término la declaración jurada bajo el régimen general podrán adherir posteriormente al régimen simplificado mediante una opción disponible en la plataforma de ARCA. Si el Congreso aprueba la reforma, esos contribuyentes accederán a los beneficios previstos por la nueva ley sin necesidad de volver a presentar la declaración.
Cambios que propone el proyecto
El anteproyecto modifica aspectos centrales del régimen de declaración jurada simplificada creado por la Ley 27.799 y tendría efectos para los períodos fiscales iniciados desde el 1° de enero de 2025.
Uno de los cambios más relevantes elimina los topes patrimoniales y de ingresos que hoy limitan el acceso al régimen. Actualmente, la normativa exige ingresos inferiores a $1.000 millones y un patrimonio menor a $10.000 millones durante los últimos ejercicios. La reforma reemplaza esos parámetros por un único criterio: no estar categorizado como Gran Contribuyente Nacional por ARCA.
El proyecto también incorpora la obligación de mantener la residencia fiscal argentina durante todo el período fiscal para acceder al régimen simplificado, aunque ese requisito no se aplicará para la adhesión correspondiente al ejercicio 2025.
Además, redefine el concepto de “discrepancia significativa”, que determina cuándo ARCA puede desconocer la presunción de exactitud de la declaración jurada. La iniciativa mantiene el umbral del 15% de diferencia en el impuesto determinado, pero agrega un piso económico equivalente al 5% del monto previsto en el Régimen Penal Tributario. Con los valores actuales, solo las diferencias superiores a $5 millones podrían activar ese mecanismo.
El texto también habilita que el contribuyente presente una declaración jurada rectificativa dentro de los 15 días hábiles posteriores a una observación de ARCA y conserve los beneficios del régimen, siempre que regularice el impuesto y los intereses correspondientes.
Nuevas pautas para las fiscalizaciones de ARCA
Mientras el Congreso analiza la reforma, ARCA ya comenzó a adaptar sus procedimientos internos mediante una instrucción emitida el 24 de junio de 2026.
La norma establece que, antes de iniciar inspecciones sobre ejercicios fiscales 2024 o anteriores, los agentes deberán verificar si el contribuyente presentó la declaración jurada simplificada correspondiente al período fiscal 2025. Si esa condición se cumple y, cuando corresponda, el impuesto fue abonado en término, la fiscalización deberá desestimarse en aplicación del principio de presunción de exactitud.
Las inspecciones solo podrán avanzar cuando exista una discrepancia significativa debidamente acreditada, utilización de facturas apócrifas u otras situaciones expresamente previstas por la normativa.
El anteproyecto también limita el uso de presunciones fiscales para cuestionar las declaraciones juradas, traslada a ARCA la carga de demostrar las diferencias detectadas y establece que las actuaciones de fiscalización notificadas antes de la adhesión al régimen continuarán su curso normal.
En paralelo, incorpora beneficios para quienes regularicen su situación, como la exención de determinadas multas tributarias, y prevé la implementación de mecanismos de validación para que otros organismos puedan verificar la adhesión de los contribuyentes al régimen simplificado.
De este modo, el Gobierno busca fortalecer la seguridad jurídica de los contribuyentes, ampliar el alcance del régimen simplificado y reducir los conflictos vinculados con las fiscalizaciones, aunque el texto definitivo todavía deberá superar el tratamiento parlamentario antes de convertirse en ley.

