La Anmat tomó la decisión de prohibir la distribución, venta y uso de ciertos productos, ya que no están legalizados y pueden dañar la salud de quienes los utilicen.

Esta mañana, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización en todo el territorio argentino de una serie de productos de cosmética y de limpieza de uso diario.
La medida quedó oficializada tras publicarse en el Boletín oficial mediante las Disposiciones 4702/2025 y 4703/2025.
En la primera notificación, se prohíbe “el uso, comercialización, publicidad, publicación en plataformas de venta en línea y distribución en todo el territorio nacional del producto ‘Serum potenciador de cejas y pestañas’ marca ‘BIOLASH'”. Esto rige para todas las presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos del producto “hasta tanto se encuentre debidamente regularizado” y “hasta tanto obtenga su correspondiente registro sanitario”.
La decisión del organismo nacional se basa en “proteger a eventuales usuarios de los efectos derivados del uso de los productos involucrados, toda vez que se trata productos ilegítimos, no inscriptos ante la Anmat, para los que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración, y en consecuencia para los que no es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable”.
Por su parte, la segunda Disposición frenó “el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todos los lotes y presentaciones de los siguientes productos domisanitarios hasta tanto regularicen su situación ante ANMAT: ‘Desinfectante Seiq’. Limpiador líquido desinfectante; ‘Destapa cañerías, marca Seiq’; ‘Limpiador para alfombras, marca Runa XD 45’; ‘Insecticida, marca CD 720’; ‘Desinfectante y desincrustante quita sarro, marca SX 185’; ‘Limpiador desinfectante, marca Bentol Cítrico’; ‘Detergente, marca DX 110’; ‘Suavizante, marca Whell 10’; ‘Desinfectante, marca Sanity Pro’; ‘Shampoo para autos, marca CH 140’; ‘Cera para madera, marca Parquet Glossy’; ‘Clarificador, marca Seiq’ y ‘Cera acrílica para piso, marca Blast’.
En este contexto, la Anmat decidió abrir un sumario sanitario a la firma SEIQ GROUP S.A. debido a que los productos de esta firma no se encuentran debidamente registrados ante ese ente, por lo tanto son potencialmente perjudiciales para la salud de quienes los utilicen.
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