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martes, diciembre 10, 2024
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Edición N°

LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO

El 9 de mayo de 2012 se sancionaba la Ley N° 26.743 de Identidad de Género en la Argentina, una medida pionera en el mundo que reconoce el derecho de las personas a ser inscriptas en su DNI acorde con su identidad de género. Un resultado de la lucha colectiva que permite construir una sociedad con más derechos, igualdad e inclusión.

Ley de Identidad de Género, la primera en el mundo que no patologiza las identidades trans y permite acceder al cambio registral a través de un simple trámite administrativo, sin necesidad de acreditar pericias médicas, intervenciones quirúrgicas o tratamientos hormonales. Además, reconoce el derecho a la salud integral. Según el Renaper, en esta década más de 12.700 personas modificaron su DNI.

Con 55 votos afirmativos, ningún negativo, y una abstención, el Senado aprobaba la Ley 26.743 que permitiría a las personas registrarse en su DNI con su nombre, foto e identidad de género. También garantizaría el acceso a los tratamientos de salud a toda persona que requiera modificar su cuerpo de acuerdo con el género autopercibido.
La Ley, sancionada el 9 de mayo y promulgada el 23 de mayo, entiende la identidad de género autopercibida como “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales”.

Cuando el sexo y el nombre que figuran en el DNI no coincidan con la identidad de género de la persona, se puede solicitar una rectificación registral, incluso en el caso de niños o adolescentes, quienes también lo podrán solicitar a través de un representante legal.

Esta es la primera Ley de Identidad de Género del mundo que no requiere diagnósticos médicos o psiquiátricos, ni operaciones de cambio de sexo para acreditar la identidad.
La Ley también regula el acceso a la atención sanitaria integral de las personas indicando que podrán acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales, a tratamientos hormonales para adecuar su cuerpo sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa. Y menciona que los tratamientos médicos de adecuación de género deben ser incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO), lo que garantiza una cobertura de las prácticas en todo el sistema de salud, tanto público como privado.

DNI PARA PERSONAS NO BINARIAS

En la misma línea de la Ley sancionada hace una década, el presidente de la Nación, Alberto Fernández, anunció el 21 de julio de 2021 la puesta en marcha del DNI para las personas no binarias, incorporando la nomenclatura “X” como opción a la hora de consignar el género.

Cupo laboral travesti trans
Y pocos días antes se había promulgado también la ley 27636 de cupo laboral para personas travestis, transexuales y transgénero.
La normativa establece que todos los organismos del Estado nacional deben ocupar en una proporción no inferior al 1% de su planta de personal a personas travestis, transexuales y transgénero.


MATRIMONIO IGUALITARIO EN ARGENTINA

La aprobación permitió el reconocimiento legal y familiar para las parejas del mismo sexo en el país, que se convirtió en el primero de América Latina y décimo en el mundo en haberla sancionado.

Desde la aprobación en 2010, hubo avances y retrocesos en función del impacto cultural que significó igualar la oportunidad de armar proyectos de vida y familiares. La sensación general es aún algo insatisfactoria. Por un lado, se abrió un marco de respeto y búsqueda de nuevos reconocimientos pero al mismo tiempo, se siguen reproduciendo violencias que impactan directamente en el desarrollo laboral y personal de quienes forman parte del colectivo.