CABA exime de impuestos al transporte para personas con discapacidad

La Ciudad lanza alivio fiscal para un sector clave de la inclusión

La Ciudad de Buenos Aires oficializó una medida de alivio fiscal destinada a los prestadores de servicios de transporte de personas con discapacidad. A través de la resolución 168/AGIP/26, la Administración General de Ingresos Públicos (AGIP) habilitó la exención del pago de Ingresos Brutos y del Impuesto a las Patentes para este segmento, considerado estratégico para garantizar el acceso a tratamientos, rehabilitación, educación y otras prestaciones esenciales.

La iniciativa se conoce en un contexto de reclamos y movilizaciones de familiares y organizaciones vinculadas a la discapacidad, que vienen advirtiendo sobre demoras en los pagos y dificultades en la cadena de financiamiento del sistema. Con esta resolución, el gobierno porteño apunta a sostener la continuidad del servicio y a fortalecer la movilidad de quienes dependen del transporte especializado para su vida cotidiana.

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El beneficio alcanza exclusivamente a los ingresos que provengan de la prestación del servicio de transporte automotor de personas con discapacidad, siempre que los vehículos y las empresas cumplan con las exigencias del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus normas complementarias. De este modo, se busca otorgar un marco de previsibilidad a un sector que suele operar con altos costos operativos y requerimientos específicos de adaptación y seguridad.

Cómo hacer el trámite y quiénes pueden acceder

De acuerdo con lo informado por la AGIP, el trámite debe realizarse de manera digital mediante la plataforma TAD (Tramitación a Distancia), el sistema que centraliza las gestiones online con la administración porteña. Las autoridades destacan que la digitalización del proceso pretende agilizar la resolución de solicitudes y reducir la carga administrativa sobre instituciones y prestadores.

Podrán solicitar la exención las entidades y empresas que brinden transporte automotor de personas con discapacidad y que se encuentren debidamente registradas y habilitadas para operar en la Ciudad de Buenos Aires. La documentación presentada será evaluada por el organismo fiscal, que verificará el cumplimiento de los requisitos formales y de encuadre normativo antes de otorgar el beneficio.

Documentación obligatoria para acceder a la exención

Para iniciar el trámite, los prestadores deberán presentar de forma digital la siguiente documentación respaldatoria:

  • Nota formal solicitando el reconocimiento de la exención del pago, firmada por el representante legal o apoderado de la institución.
  • Copia del estatuto o contrato social del contribuyente, en caso de corresponder.
  • Copia del acta de designación de autoridades vigente y, cuando aplique, el poder que acredite la representación.
  • Listado de los agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud que contratan el servicio de transporte, conforme a lo previsto en la Ley Nacional N° 24.901 y sus modificatorias.
  • Copia de las últimas treinta (30) facturas emitidas por la prestación del servicio de transporte de personas con discapacidad.
  • Copia del título de propiedad de los vehículos automotores afectados al servicio.
  • Certificado de inscripción al Registro Único del Transporte Automotor de Pasajeros (RUTAP) en la categoría transporte de personas con discapacidad, emitido por la autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte porteño.
  • Copia del DNI del solicitante o representante legal.
  • Copia de la constancia de CUIT del contribuyente.

Desde la AGIP remarcan que la medida busca “acompañar a un sector clave para la inclusión y mejorar las condiciones para que las personas con discapacidad puedan trasladarse a sus tratamientos, espacios educativos y actividades cotidianas”.

Con esta exención impositiva, la Ciudad de Buenos Aires procura aliviar la carga fiscal sobre los prestadores y reforzar el compromiso estatal con la accesibilidad y la igualdad de oportunidades. La efectividad de la medida dependerá ahora de la rapidez en la implementación, la difusión adecuada entre los actores del sector y el seguimiento de su impacto en la prestación del servicio.

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