La Provincia redefinió las tareas que pueden realizar docentes con enfermedades de la voz

El Gobierno bonaerense aprobó un nuevo régimen de recalificación profesional para trabajadores de la educación afectados por patologías vocales. La medida establece qué cargos podrán ocupar, limita actividades que impliquen sobreexigencia y fija nuevas evaluaciones médicas obligatorias.

La Provincia redefinió las tareas que pueden realizar docentes con enfermedades de la voz

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires aprobó un nuevo régimen para la recalificación profesional de docentes que padezcan enfermedades vinculadas al uso de la voz, una de las patologías laborales más frecuentes dentro del sistema educativo. La medida busca garantizar la continuidad laboral de los trabajadores afectados en tareas compatibles con sus condiciones psicofísicas y reducir la exposición a riesgos derivados de la actividad.

La resolución, publicada este viernes en el Boletín Oficial, establece criterios específicos para la reubicación de docentes con patologías vocales reconocidas como enfermedades profesionales. La normativa se fundamenta en la Ley Nacional de Riesgos del Trabajo y en el Estatuto del Docente bonaerense.

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Entre los principales cambios, la Provincia definió cuáles son los cargos considerados de riesgo por el “uso forzoso y continuo” de la voz y cuáles no implican sobrecarga vocal. En ese marco, determinó que los docentes recalificados por enfermedades profesionales de la voz no podrán desempeñarse en funciones expuestas a ese tipo de exigencia.

Al mismo tiempo, la resolución habilita a quienes hayan sido recalificados a continuar trabajando en cargos que no impliquen sobreexigencia vocal, siempre que una evaluación médica confirme que mantienen aptitud residual para esas tareas.

La evaluación quedará bajo la órbita de la Dirección de Salud Ocupacional, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público de la Secretaría General. Para acceder a la recalificación, los docentes deberán presentar estudios médicos actualizados y documentación respaldatoria emitida por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

Nuevas evaluaciones y límites en actividades

La normativa también prevé que, una vez transcurridos seis meses desde el acto de recalificación, las y los docentes podrán solicitar nuevas evaluaciones para acceder a otros cargos compatibles con su estado de salud.

Otro de los puntos incluidos en la resolución es la limitación de las actividades de continuidad pedagógica para docentes recalificados por enfermedades de la voz. Según se estableció, solo podrán participar en esas tareas en situaciones extraordinarias y con un límite máximo de seis horas semanales y doce mensuales.

Además, quienes aspiren a nuevos cargos deberán realizar un examen de aptitud psicofísica específico, cuya validez será de dos años.

La disposición también aclara que la reubicación laboral de los docentes recalificados no afectará la continuidad de los tratamientos médicos relacionados con la enfermedad profesional que originó la recalificación.

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