Confirman condena a 5 años a un padre que llevó a su hijo al exterior

Ratifican fallo por sustracción y traslado ilegal de un niño al exterior

Frontera entre Argentina y Bolivia, vinculada al caso de sustracción de un menor

NewsITe

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a cinco años de prisión para un hombre acusado de sustraer a su hijo de dos años y sacarlo del país sin autorización materna, a través de un paso fronterizo no habilitado entre La Quiaca (Jujuy) y la localidad boliviana de Villazón.

– Publicidad –

El fallo, emitido por la Sala II de Casación, ratificó por mayoría la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial de La Plata. El hombre fue considerado responsable del delito de sustracción, retención y ocultación de un menor de 10 años, figura prevista en el Código Penal argentino para los casos en que uno de los progenitores se apropia del hijo y lo mantiene alejado del otro sin consentimiento ni intervención judicial.

Según consta en la causa, el hecho comenzó en mayo de 2018, cuando el padre no devolvió al niño a su vivienda tras un régimen de visitas. A partir de allí se perdió el rastro del menor. Dos meses más tarde, ambos viajaron a Brasil, lo que complejizó la búsqueda y la intervención de las autoridades argentinas, al tratarse de un caso con derivaciones internacionales.

Recién en agosto de 2021 se produjo un quiebre en la situación: el acusado se presentó en el consulado argentino en San Pablo y pidió asistencia para regresar a Bolivia junto a su hijo. En ese contexto, reconoció que no contaba con la autorización de la madre para haberlo sacado del país. La intervención consular permitió activar los mecanismos de protección y comunicación con las autoridades nacionales.

Intervención de la Justicia y rol de los organismos especializados

Tras ser notificada, la Dirección de Argentinos en el Exterior contactó a la progenitora del niño. La mujer relató que su expareja se había llevado al menor como forma de amenaza, luego de que ella iniciara una nueva relación y cursara un embarazo. La madre radicó la denuncia y declaró ante la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), que tomó intervención dada la dimensión de violencia de género y familiar presente en el caso.

En el juicio oral, la jueza Karina Yabor, del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de La Plata, condenó al acusado a cinco años de cárcel y dispuso, además, mantener la restricción de acercamiento hacia la mujer víctima. La resolución se apoyó en un conjunto de pruebas que incluyeron la declaración del niño en Cámara Gesell, testimonios de la madre y de personal de salud que lo asistió tras su regreso.

  • El tribunal consideró acreditada la sustracción, retención y ocultación del menor.
  • Se valoró el contexto de violencia y amenaza hacia la madre.
  • Se mantuvo la medida de prohibición de acercamiento para resguardar a la mujer.

La defensa del condenado recurrió la sentencia ante Casación, calificándola de arbitraria y sin la debida fundamentación. Sin embargo, la Sala II desestimó esos argumentos y confirmó el fallo, al entender que la condena estaba sustentada en prueba suficiente y en una correcta valoración de los hechos. La decisión refuerza el criterio judicial de protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes, así como la aplicación de estándares específicos frente a conflictos parentales atravesados por situaciones de violencia.

Para los jueces, la sentencia de primera instancia contó con prueba adecuada y una fundamentación suficiente para acreditar la responsabilidad del acusado en la sustracción y traslado ilegal de su hijo al exterior.

El caso vuelve a poner en agenda la importancia de recurrir a los canales legales en los conflictos familiares y de resguardar, por encima de todo, el interés superior de los niños frente a decisiones unilaterales que afectan su vínculos, residencia y entorno de cuidado.

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -