Prorrogan hasta 2026 la emergencia agropecuaria en Santa Fe

Extienden beneficios por sequía para productores santafesinos

Productor agropecuario en zona afectada por sequía en Santa Fe

NewsITe

El Ministerio de Economía de la Nación resolvió prorrogar hasta el 28 de febrero de 2026 la emergencia y/o desastre agropecuario por sequía en nueve distritos del departamento 9 de Julio, en la provincia de Santa Fe. La decisión busca aliviar la situación financiera de los productores afectados por la prolongada falta de lluvias en la región.

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La medida comprende a los establecimientos rurales ubicados en Santa Margarita, San Bernardo, Villa Minetti, Pozo Borrado, Tostado, Logroño, Campo Garay, Esteban Rams y Montefiore. Todos ellos se encuentran dentro del área reconocida oficialmente como zona de emergencia agropecuaria, según lo establecido por la ley nacional 26.509.

De acuerdo con la resolución 218/2026, a la que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas, la decisión se apoya en el decreto provincial 3184/2025 y en la recomendación de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, que analizó el impacto de la sequía en su reunión del 21 de enero. El organismo evaluó tanto la caída de la producción como el deterioro económico de las explotaciones alcanzadas.

Alcance de los beneficios y requisitos para los productores

La prórroga fija el 28 de febrero de 2026 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas. Este parámetro es clave para la aplicación de los beneficios fiscales y crediticios previstos por la normativa, que incluyen facilidades de pago impositivo, posibles prórrogas de vencimientos y acceso a líneas especiales de financiamiento.

Para poder acceder a esos beneficios, los productores deberán gestionar ante las autoridades de la provincia de Santa Fe los certificados de emergencia o desastre agropecuario que acrediten que sus campos se encuentran dentro de las zonas alcanzadas por la resolución. Esos documentos oficiales son condición indispensable para tramitar cualquier tipo de alivio fiscal o crédito preferencial.

El Gobierno santafesino, a su vez, tendrá la responsabilidad de remitir a la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de productores beneficiarios, acompañado por copias de los certificados emitidos. De esta forma, se centraliza la información y se garantiza el control sobre el otorgamiento de los beneficios.

Rol de los bancos y organismos tributarios

La resolución instruye a los bancos oficiales y a los organismos de recaudación impositiva a adecuar sus políticas para poner en marcha las herramientas previstas por la ley 26.509. Entre ellas se cuentan la refinanciación de pasivos, la suspensión de ejecuciones y facilidades para el cumplimiento de obligaciones fiscales en zonas afectadas por emergencias climáticas.

  • Los bancos públicos deberán ofrecer líneas de crédito especiales y reestructuración de deudas.
  • Los organismos tributarios nacionales y provinciales podrán otorgar prórrogas y planes de pago.
  • La Secretaría de Agricultura queda facultada para firmar convenios específicos con provincias y entidades financieras.

La prolongada sequía en el norte santafesino obligó a extender nuevamente el esquema de emergencia para evitar el cierre de explotaciones y preservar la actividad productiva en la región.

Con esta nueva prórroga, el Gobierno nacional y la provincia de Santa Fe buscan sostener al entramado agropecuario del departamento 9 de Julio, uno de los más golpeados por la falta de lluvias en los últimos ciclos. La efectividad de la medida dependerá, en gran medida, de la rapidez con la que se implementen los beneficios y de la evolución climática en la zona durante los próximos meses.

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