Prorrogan la emergencia agropecuaria en tres municipios bonaerenses

El Gobierno bonaerense extendió hasta febrero de 2026 la emergencia agropecuaria en cuatro distritos afectados por inundaciones, con beneficios fiscales y crediticios para los productores.

Prorrogan la emergencia agropecuaria en tres municipios bonaerenses
Prorrogan la emergencia agropecuaria en tres municipios bonaerenses.

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires prorrogó hasta el 28 de febrero de 2026 la emergencia y/o desastre agropecuario en circunscripciones rurales de Bolívar, Nueve de Julio, Carlos Casares y Tapalqué. La decisión se tomó tras confirmar que las explotaciones de esas zonas continúan afectadas por el exceso hídrico.

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El Decreto 2452/25, publicado este martes en el Boletín Oficial, estableció que la medida incluye las siguientes áreas: Bolívar (circunscripciones II, III, IV, V, VII, VIII, IX, X, XI y XII); 9 de Julio (de la II a la XV, excepto la I); Carlos Casares (de la II a la XI) y Tapalqué (VIII).

Según los reportes de las entidades rurales, estos distritos se encuentran entre los más comprometidos por las inundaciones. Carbap informó que al 11 de septiembre, 9 de Julio registraba unas 162.000 hectáreas bajo agua, de las más de 400.000 que posee el partido.

En Bolívar, se reportaron 140.000 hectáreas anegadas de un total de 500.000, mientras que Carlos Casares contabilizó 114.000 hectáreas con exceso hídrico sobre 244.000, lo que equivale al 46% de su superficie total.

Beneficios previstos para los productores

Los productores afectados deberán presentar declaraciones juradas ante el Ministerio de Desarrollo Agrario dentro de los diez días posteriores a la publicación del decreto. A partir de allí podrán acceder a los beneficios de la Ley 10.390, entre los que se incluyen:

  • Exenciones o prórrogas en el pago del Impuesto Inmobiliario Rural.
  • Créditos blandos del Banco Provincia para recomponer capital de trabajo.
  • Suspensión de ejecuciones fiscales durante la vigencia de la emergencia.

El decreto instruyó a ARBA para aplicar los beneficios tributarios y al Banco Provincia para efectivizar las medidas crediticias.

La normativa distingue dos niveles: en casos de desastre, cuando las pérdidas superan el 80%, se concede la exención total del Impuesto Inmobiliario Rural. En situaciones de emergencia, con daños entre el 50% y el 80%, se otorgan prórrogas y reducciones impositivas.

La decisión fue adoptada tras los informes técnicos del Ministerio de Desarrollo Agrario y la recomendación de la Comisión Provincial de Emergencia y Desastre Agropecuario, que advirtió la persistencia de anegamientos y la imposibilidad de retomar la producción con normalidad en esas zonas.

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