Las denuncias por presencia de altas malezas en terrenos baldíos encabezan los reclamos de vecinos

ENTRE ENERO Y ABRIL DE ESTE AÑO

La aplicación del Código de Convivencia autoriza al Juzgado de Faltas a implementar no solo multas económicas, sino también penas accesorias como trabajos comunitarios, cumplimiento de capacitaciones o reparación de daños causados. El reclamo que encabeza el libro de quejas de los vecinos es el de la presencia de malezas en baldíos. En segundo lugar se encuentran las denuncias por uso de pirotecnia prohibida, y el podio lo completa las presentaciones por maltrato animal.

Las denuncias por presencia de altas malezas en terrenos baldíos encabezan los reclamos de vecinos
Las denuncias por presencia de altas malezas en terrenos baldíos encabezan los reclamos de vecinos.

De la Redacción de EL NORTE
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El Código de Convivencia autoriza al Juzgado local a poder implementar, no solo multas económicas, sino también penas accesorias, como pueden ser los trabajos comunitarios, cumplir con capacitaciones o reparar el daño causado. EL NORTE pudo acceder a los cincos temas más denunciados por los vecinos de nuestra ciudad en lo que va de 2025, y el porcentaje de resolución que tienen cada uno de ellos. A diferencia de otros años, los ruidos molestos lograron reducirse considerablemente, a tal punto que no ingresan en el ranking.

En primer lugar, se encuentra la queja por malezas en baldíos. Este es un tema que viene con un amplio seguimiento desde el 2023. Si bien es una denuncia que se sostiene en el tiempo, en las temporadas de calor es cuando suben la cantidad de llamados al Ejecutivo. Tiene una resolución del 65%.

De hecho, tiene un capítulo entero dedicado a esta problemática. El capítulo XI del Código de Convivencia cuenta con nueve artículos que penan, en diferentes circunstancias, el tener malezas altas. Según se detalla en cada uno de ellos, la insistencia en desmalezar el terreno baldío se debe a las posibles enfermedades que conlleva tener los pastizales muy altos, generando así un problema para los vecinos de la zona.

En su artículo N° 147, el primero de los nueve que contiene el capítulo sobre malezas, enfatiza que: “Declárese obligatorio mantener todo inmueble limpio, libre de malezas, residuos o toda otra clase de objetos que signifiquen un riesgo o afecten la sanidad, seguridad pública o estética del lugar. Estas obligaciones abarcan desde la vereda de los terrenos hasta su contrafrente buscando una adecuada convivencia entre los vecinos y una vida saludable y sana para todos”.

Pirotecnia

Por otro lado, en segundo lugar, se encuentran las denuncias por pirotecnia prohibida. Bien es sabido que hace años se viene intentando dejar en cero la cantidad de pirotecnia utilizada por los nicoleños, debido a las consecuencias que trae para los animales, como así también para muchas personas que sufren de autismo.

También tiene su propio apartado el capítulo XIII, con un total de seis artículos que estipulan las multas y las penas accesorias para quienes comercialicen pirotecnia en todo el partido de San Nicolás. Si bien viene bajando su uso, todavía queda trabajo por delante para el Juzgado de Convivencia y Faltas, que tiene a cargo a la Dra. Marianela La Fratta. Sin embargo, vale destacar que tiene una resolución del 90%. Suelen resolver con multas o allanamientos en los lugares de venta.

El artículo más fuerte del capítulo mencionado es el N° 165, el cual especifica que: “La Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la coordinación de políticas de control y supervisión de la presente Ordenanza junto a organismos como la Policía de la Provincia de Buenos Aires, Bomberos Voluntarios de San Nicolás. La realización de campañas de difusión y concientización sobre los alcances de la presente norma, con el objeto de elevar el nivel de conocimiento de la población sobre la necesidad de evitar los riesgos derivados del uso de la pirotecnia. El incumplimiento a lo dispuesto en la presente ordenanza hará pasible a los titulares de los establecimientos, instituciones, asociaciones o personas físicas o jurídicas, en los casos que se verifique la infracción, de la aplicación de seis sanciones, con multas hasta 10.000 módulos”.

Maltrato animal

El maltrato animal es otro de los hechos más denunciados por la ciudadanía nicoleña. Más que nada vinculado con accidente viales, ante estas infracciones, desde el Juzgado de Convivencia se resuelve con la devolución de los gastos médicos que significó curar al animal o con una gran donación. La resolución alcanza el 80% según los datos obtenidos por este diario.

En el capítulo XV, relacionado con animales domésticos, el artículo N° 184 establece que: “Quien realice actos de maltrato animal, entendidos estos como las conductas que causen lesiones injustificadas a los animales o sometan a los mismos a padecimientos innecesarios, serán sancionado con una multa de 10 a 500 módulos. Asimismo, el juez podrá en su caso ordenar que tal animal sea dado en guarda a instituciones de protección animal incluso con el auxilio de la fuerza pública si fuere necesario”.

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