Además de que ordenaron bloquear sus redes sociales, el hombre tampoco podrá asistir a espectáculos deportivos, renovar la licencia de conductor y quedará inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios.
Ordenaron bloquear la redes sociales de un hombre por un incumplimiento en el pago de alimentos. La Justicia de Familia de Rosario, quien la dio, argumentó que de esta forma “destinará su tiempo para generar los ingresos que permitan satisfacer las necesidades de sus hijos”. Además, al padre deudor se le impusieron varias sanciones, tales como la inhibición de bienes y las prohibiciones de asistencia a espectáculos deportivos y de renovación de licencia de conducir.
El abogado de la madre de los niños, contó que la orden de bloqueo “tiene como antecedente dentro del mismo proceso una sentencia en la que se lo condenaba al demandado a reembolsar el 50% de alimentos que había gastado la mamá de sus hijos durante un determinado plazo. La Justicia ya lo había condenado a abonar el 50% de alimentos y esa sentencia ya estaba firme”.
El abogado demandante agregó que “a raíz del incumplimiento de esa sentencia, en nombre de los hijos menores, se solicitaron medidas cautelares, entre ellas una inhibición general, que ya está decretada. Y ante el sostenido incumplimiento de la sentencia solicité medidas complementarias para efectivizar y ejecutar aquel fallo”.