La Cámara Nacional Electoral establece los procedimientos a tener en cuenta ante la ausencia del elector en los comicios.
El elector mayor de 18 años y menor de 70 que no haya justificado su ausencia en las elecciones generales 2023, recibirá una multa económica y se lo incorporará al Registro de Infractores. Es decir que para los adolescentes entre 16 y 18 años, es optativo.
El monto que se deberá abonar es fijado por la Cámara Nacional Electoral en función de la falta cometida.
Cabe mencionar que el elector no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
Para pagar la multa por no ir a votar, el elector tiene que ingresar a la página web del Registro de Infractores al Deber de Votar, realizar la consulta con su número de DNI y seleccionar las elecciones a las que no asistió, emitir una boleta de pago para ser abonada en una sucursal del Banco Nación o mediante otros canales de pago utilizando tarjeta de crédito, débito, rapipago, pagofacil, etc.
¿De cuánto es la multa?
La Cámara Nacional Electoral establece multas para aquellos que no voten y no justifiquen su ausencia. Las multas varían según las infracciones previas:
Sin infracciones previas: $50
Con una infracción previa: $100
Con dos infracciones previas: $200
Con tres infracciones previas: $400
Con cuatro o más infracciones previas: $500