Luego de que el Ministerio de Trabajo de la Nación establezca en la Resolución 1133/2023 del Boletín Oficial, el gremio conducido por Furlán y Brunelli informó que las empresas de las actividades, que no contemplen en su Convenio Colectivo de Trabajo la absorción del bono en los aumentos salariales, deberán pagar la suma dispuesta en el Decreto 438/23.

De la redacción de EL NORTE
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La Unión Obrera Metalúrgica (UOM), que lidera Abel Furlán, informó a sus afiliados que conforme a lo informado por el Ministerio de Trabajo de la Nación, el bono de $60.000 anunciado por el Ministro de Economía, Sergio Massa, no podrá ser absorbido en los aumentos estipulados en las paritarias, puesto que no está previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo.
De esta manera, las empresas comprendidas en la actividad deberán abonar la asignación no remunerativa que figura en el Decreto en los términos establecidos por el mismo. En un comunicado difundido por el gremio, se aclara que puesto que “el acuerdo paritario suscripto el 24/7/2023 no establece cláusula de absorción con respecto a la gratificación extraordinaria pactada por el día del metalúrgico” las empresas del sector “ deberán abonar la asignación no remunerativa establecida en el mencionado Decreto en los términos y con los alcances allí previstos”.
El miércoles, el Ministerio de Trabajo de la Nación, a través del Boletín Oficial, publicó la Resolución 1133/2023 que establece los alcances y las posibilidades de absorción del bono en cuestión para los trabajadores que se desarrollan en el sector privado.
En la Resolución, la cartera de Trabajo explicó que los beneficiarios serán aquellos trabajadores con relaciones laborales declaradas hasta el 31 de agosto de 2023. Además, aclaró que para que el bono “no afecte la dinámica de la negociación colectiva” podrá ser absorbido “en concepto de los aumentos salariales” solo en los casos que esté previsto en las cláusulas de los Convenios Colectivos de Trabajo vigentes.
El gremio homologó la paritaria a instancias del ministerio de Trabajo, estableciendo un aumento del 20% en julio, un 9% en agosto y 9% en septiembre, todos de carácter acumulativos por lo que determina una suba total del 42,5%.

