La Corte Suprema de Justicia de Argentina ratificó que los jubilados no deben pagar impuesto a las Ganancias. La decisión se basa en un fallo de segunda instancia que favoreció el reclamo de Héctor Calderón contra la Anses, en el cual se determinó que el haber jubilatorio no debe ser objeto de este impuesto.
La sentencia, firmada por los cuatro ministros de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti, Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, afirmó que la retención que pretendía hacer la Anses sobre el retroactivo del reajuste se basaba en una norma declarada inconstitucional por no haber contemplado factores de vulnerabilidad como la avanzada edad para diferenciar ciertos jubilados de otros.
Este fallo no es automático para el resto de los jubilados y no tiene aplicación vía AFIP o Anses para los haberes hoy alcanzados por Ganancias, y no existen reclamos colectivos que puedan conseguir este mismo tratamiento para un grupo representativo de jubilados.
Sin embargo, según explicó la abogada previsional Andrea Falcone, los jubilados pueden conseguir mediante una acción declarativa y por la vía cautelar la suspensión del cobro de Ganancias en unos meses para que la AFIP deje de descontar el impuesto.
Además, el expediente puede seguir su camino en los tribunales para que se determine la cuestión de fondo, ya con el fallo Calderón como antecedente.
Este fallo es una buena noticia para los jubilados que se encuentran en una situación económica precaria y que han visto reducidos sus ingresos en los últimos años debido a la inflación y la falta de actualización de sus haberes.
Se espera que este fallo siente un precedente para futuros casos similares y ayude a garantizar el derecho de los jubilados a tener una jubilación digna y sin cargas impositivas excesivas.