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sábado, octubre 19, 2024
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PERGAMINO: PIDEN ELEVAR A JUICIO A DOS FUNCIONARIOS POR FUMIGACIONES ILEGALES

El titular de la Fiscalía Federal de San Nicolás, Matías Felipe Di Lello, solicitó la elevación a juicio de la investigación seguida contra Guillermo Nicolás Naranjo y Mario Daniel Tocalini, titular y auditor de la Dirección de Ambiente Rural de la Municipalidad de Pergamino.

Se los acusa de los delitos de “incumplimiento de los deberes de funcionario público”, dado que -según la acusación- “ignoraron la aplicación de la normativa vigente” y permitieron “la fumigación con agroquímicos en campos lindantes a la zona urbana”.



La investigación se inició como un desprendimiento de la causa que tramita en el Juzgado Federal de San Nicolás, donde se investiga a los propietarios de los campos fumigados por contaminación ambiental de un modo peligroso para la salud, mediante la utilización de residuos calificados peligrosos, como es el caso del glifosato.

Entre 2015 y 2019, vecinos de Pergamino realizaron numerosas denuncias donde aseguraban que las autoridades municipales “no controlaron las sustancias con las que se fumigaban los campos próximos a la zona urbana, ni la forma en que ello se hacía”, violando el Decreto Municipal N°8126/2014, que regula el uso y aplicación de sustancias fitosanitarias. Además, puntualizaron que Tocalini y Naranjo fueron advertidos de lo que ocurría, pero no brindaron ninguna solución al respecto.

En base a las pruebas recolectadas, el fiscal Felipe Di Lello entendió que los dos hombres “no cumplieron acabadamente las funciones inherentes a su cargo, esto es, fiscalizar y controlar el correcto cumplimiento de las disposiciones de la ordenanza municipal N° 8126/14 y la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente conforme las leyes y convenios de su competencia”.

Di Lello agregó que los funcionarios municipales no controlaron las fumigaciones, algunas en la zona del casco urbano de Pergamino, en incumplimiento al margen de 100 metros de exclusión dispuesto por la normativa vigente.

Por último, para el fiscal esta omisión por parte de Naranjo y Tocalini permitió “espacios de discrecionalidad indebidos” en una actividad que “debía ser objeto de un efectivo control”, ya que “aquellas aplicaciones se realizaron a escasos metros de zonas urbanas, sin receta agronómica, sin número de registro del aplicador, sin tener en cuenta las condiciones climáticas y vertido glifosato combinado con 2-4-D (producto recientemente prohibido por el Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires)”.

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