El Gobierno mantiene el plazo especial para Facturas de Crédito Electrónicas

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El Gobierno nacional decidió extender por un año el régimen especial para operar con las Facturas de Crédito Electrónicas (FCE) MiPyMEs, una herramienta clave para el financiamiento de pequeñas y medianas empresas. La medida fue oficializada a través de la Resolución 424/2026, publicada en el Boletín Oficial, y mantiene en 21 días corridos el plazo para la cancelación, aceptación o rechazo de estos comprobantes, así como su inscripción en el Registro correspondiente.
La prórroga regirá desde el 1 de noviembre de 2026 hasta el 31 de octubre de 2027. Durante ese período, las empresas que operen con FCE MiPyMEs conservarán la misma ventana temporal que viene aplicándose en los últimos meses, lo que evita tener que regresar a los plazos más estrictos previstos originalmente en la Ley 27.440, que establecía 15 días corridos para la aceptación o cancelación y 10 días corridos para el rechazo.
Según se fundamenta en los considerandos de la resolución, la decisión se apoya en un informe técnico elaborado por la Dirección de Políticas de Financiamiento Pyme, a partir de un pedido formal de la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL). La entidad empresaria advirtió que, sin esta extensión, numerosas compañías enfrentarían serias dificultades para cumplir los plazos legales, lo que derivaría en una suba significativa de comprobantes rechazados.
Evitar rechazos y dar previsibilidad al sistema
La COPAL señaló que la complejidad de los circuitos administrativos internos, tanto en grandes como en medianas empresas, vuelve prácticamente inalcanzables los plazos fijados por la ley original. Procesos de validación interna, control de mercaderías, conciliaciones contables y autorizaciones de pago requieren más tiempo que el previsto inicialmente por la normativa.
En ese contexto, desde el sector privado se advirtió que volver abruptamente a los plazos legales hubiera exigido una readecuación urgente de los sistemas informáticos de las empresas receptoras, con costos operativos adicionales y el riesgo de un incremento involuntario en el rechazo de facturas de crédito. El Gobierno recogió ese planteo y optó por conservar el esquema de 21 días corridos, con el objetivo de aportar certidumbre y estabilidad al funcionamiento del régimen.
- Se mantiene el plazo de 21 días corridos para cancelar, aceptar o rechazar FCE MiPyMEs.
- La prórroga estará vigente desde el 1/11/2026 hasta el 31/10/2027.
- La medida responde a un pedido de la COPAL y a un informe técnico oficial.
Alcance de la excepción sobre la cesión de documentos
La resolución también renueva una excepción clave vinculada a la cesión de documentos. Hasta el 31 de octubre de 2027, el régimen de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs no será aplicable a las facturas o recibos originales emitidos por micro, pequeñas o medianas empresas a “Empresas Grandes” que sean cedidos conforme al artículo 1618 del Código Civil y Comercial de la Nación, antes de ser cancelados, aceptados o rechazados.
Esta aclaración tiene impacto directo en las operaciones de financiamiento, ya que permite que dichos comprobantes puedan ser cedidos, por ejemplo, a entidades financieras u otros terceros sin quedar alcanzados por el régimen de FCE en esos casos específicos. De este modo, se brinda mayor flexibilidad a las MiPyMEs para gestionar su capital de trabajo y acceder a liquidez a través del descuento de facturas.
Con la extensión del plazo de 21 días, el Poder Ejecutivo busca garantizar previsibilidad operativa, evitar ajustes urgentes en los sistemas de gestión y reducir el riesgo de rechazos automáticos de facturas de crédito.
La continuidad de este esquema será seguida de cerca por cámaras empresarias y autoridades económicas, dado que las FCE MiPyMEs se han consolidado como una herramienta relevante para mejorar el flujo de fondos y el financiamiento de corto plazo del entramado productivo, en particular de las pequeñas y medianas empresas proveedoras de grandes compañías.

