Casación Penal cerró la vía a Busaniche contra fiscales

Casación frenó el último intento de la defensa de Busaniche

Sede de la Cámara Federal de Casación Penal

NewsITe

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó de manera definitiva el intento de la defensa de Santiago Busaniche de llevar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación su planteo para apartar a los fiscales federales Juan Argibay Molina y Diego Velasco de la causa en la que intervienen. Con esta resolución, el máximo tribunal penal del país cerró la vía recursiva disponible para la estrategia defensista.

El fallo, firmado el 22 de octubre y registrado bajo el número 230/2026, contó con el voto unánime de los jueces de la Sala integrada por Carlos A. Mahiques, Gustavo M. Hornos y Daniel Antonio Petrone, quienes además impusieron las costas del proceso a la parte defensora.

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La decisión de Casación confirmó lo resuelto previamente por el Tribunal de revisión de la Cámara Federal de Rosario, en la provincia de Santa Fe, que el 2 de septiembre pasado había declarado inadmisible la impugnación presentada por la defensa y ratificado el rechazo del pedido de recusación de ambos fiscales, dictado por el juez de Garantías Eduardo Rodrigues Da Cruz.

Los argumentos de la Cámara de Casación

En su voto, el camarista Carlos Mahiques sostuvo que la defensa no cumplió con los requisitos formales establecidos por la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema para la interposición de recursos extraordinarios federales. Además, consideró que no logró demostrar la supuesta arbitrariedad de la decisión cuestionada ni la existencia de una cuestión federal de suficiente entidad.

De acuerdo con el magistrado, los planteos de la defensa expresan solamente una “opinión diversa” sobre lo ya debatido y resuelto en instancias anteriores, sin aportar elementos que permitan habilitar la instancia extraordinaria ante el Máximo Tribunal.

Por su parte, Gustavo Hornos remarcó que el recurso extraordinario federal intentado carece de viabilidad formal, dado que no se dirige contra una sentencia definitiva ni contra una resolución equiparable a tal. Recordó, además, que la doctrina constante de la Corte Suprema establece que, por regla general, no corresponde habilitar el recurso extraordinario respecto de resoluciones que tratan planteos de recusación de magistrados o funcionarios del Ministerio Público Fiscal.

Sin cuestión federal y alineados con el dictamen fiscal

El juez Daniel Petrone adhirió a la postura de Mahiques y subrayó que la defensa reiteró agravios que ya habían recibido una respuesta adecuada en las instancias anteriores. A su criterio, la impugnación se apoyó en meros juicios de disconformidad con el criterio adoptado por los tribunales previos, sin demostrar una relación directa e inmediata entre la materia de la causa y la cuestión federal invocada.

  • El fallo 230/2026 fue dictado por unanimidad por los jueces Mahiques, Hornos y Petrone.
  • Casación declaró inadmisible el recurso extraordinario federal promovido por la defensa de Busaniche.
  • Se confirmaron las decisiones previas de la Cámara Federal de Rosario y del juez de Garantías Rodrigues Da Cruz.
  • Los magistrados entendieron que no existía cuestión federal ni arbitrariedad suficiente para habilitar la intervención de la Corte Suprema.

Los camaristas actuaron en línea con lo dictaminado por el representante del Ministerio Público Fiscal ante esa instancia, el fiscal general Raúl O. Plee, quien también había recomendado declarar inadmisible el recurso con costas para la parte recurrente. De este modo, la pretensión de apartar a los fiscales Argibay Molina y Velasco queda definitivamente descartada en el marco de esta causa.

“La defensa no ha logrado demostrar la existencia de una cuestión federal suficiente ni la arbitrariedad invocada, limitándose a expresar una opinión diversa sobre lo ya resuelto”, se desprende de los fundamentos de la resolución de Casación.

Con este pronunciamiento, el expediente continuará su curso con la intervención de los fiscales cuestionados, mientras la defensa de Busaniche deberá reordenar su estrategia procesal en el marco de la investigación en trámite.

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