El diputado bonaerense demostró su disconformidad ante el fallo del magistrado López, quien decidió absolver a Maximiliano Cabaleyro y los otros seis acusados, además de la recuperación inmediata del sindicalista. Para Manuel Passaglia, un fallo como ese significa un “retroceso” porque le da “poder a los que bloquean, aprietan y extorsionan, y perjudican a los que trabajan, producen y cumplen la ley”.
Una muestra más de un juez garantista. Bloquearon una empresa. Bloquearon una ciudad. Y no pasa nada. Todos los vecinos de San Nicolás recordamos cuando estos mafiosos de la mano de los Moyano quisieron hacer colapsar nuestra ciudad: bloquearon los accesos e impidieron la entrega de comida y la recolección de basura. Fueron los nicoleños los que aguantaron y resistieron. Y al final les torcimos el brazo. Por eso decisiones como la de este juez son un retroceso. Porque vuelven a darle poder a los que bloquean, aprietan y extorsionan, y perjudican a los que trabajan, producen y cumplen la ley.
— Manuel Passaglia (@manupassaglia) October 14, 2026
Horas después de que se conociera el fallo del juez Alejandro López, quien dictaminó la absolución y la libertad de Maximiliano Cabaleyro y los demás imputados, Manuel Passaglia calificó al magistrado como “garantista”.
Además, retrotrajo el corte realizado por los acusados en aquel momento: “Todos los vecinos de San Nicolás recordamos cuando estos mafiosos de la mano de los Moyano quisieron hacer colapsar nuestra ciudad: bloquearon los accesos e impidieron la entrega de comida y la recolección de basura”.
“Fueron los nicoleños los que aguantaron y resistieron. Y al final les torcimos el brazo”, analizó.
Para concluir, volvió a cuestionar la medida del juez López, entendiéndola como “un retroceso”. “Porque vuelven a darle poder a los que bloquean, aprietan y extorsionan, y perjudican a los que trabajan, producen y cumplen la ley”, cerró.
Las imputaciones
El proceso se inició tras una denuncia de la empresa Rey Distribución, alegando bloqueos e impedimentos a la hora de trabajar por parte del líder gremialista Maximiliano Cabaleyro.
Se trata de las imputaciones por turbación de la propiedad, enmarcadas en sendas protestas gremiales que la empresa denunció como bloqueos ilegítimos en su planta, asentando el primero de ellos el 15 de enero de 2021 y el segundo, entre el 22 y el 25 de febrero de ese mismo año.
De acuerdo con la denuncia, en el primero de los hechos los imputados impidieron la actividad de la distribuidora Rey al obstaculizar la salida de los camiones de la firma, en un contexto de reclamos laborales. Y en el segundo, según denunció la empresa, colocaron un colectivo impidiendo la entrada y salida de vehículos de la misma propiedad impidiendo la actividad comercial normal.
El fallo de Alejandro López
Pasado el mediodía de este miércoles, el titular del Tribunal Oral Criminal Nº 2 de San Nicolás, Alejandro López, resolvió absolver al dirigente sindical Maximiliano Cabaleyro de todas las imputaciones denunciadas por los propietarios de la firma sampedrina Rey Distribución. Al mismo tiempo, ordenó que el gremialista, quien permanece detenido (primero en la UP3 y actualmente con régimen domiciliario) desde abril de 2022 fuese liberado inmediatamente.
“Resuelvo absolver libremente a Maximiliano Cabaleyro, Maximiliano Pérez, Carlos Ojeda, Enzo Ojeda, Matías Torres, Lucas Torres y Edgardo Di Mayo […] de toda culpa y cargo derivados de la acusación formulada como hechos números 1 y 2”, se lee en el fallo elaborado y formado por el magistrado.
Según consideró López, los hechos denunciados no pueden considerarse típicos de lo que establece el Código Penal, puesto que las acciones también incluyen el ejercicio del derecho a huelga.
El magistrado también resolvió “absolver libremente a Maximiliano Cabaleyro de toda culpa y cargo”, en cuanto a los hechos que en el expediente aparecen identificados como 3 y 4. El primero de ellos es el que tiene que ver con la exigencia de la organización gremial para con la empresa de una suma de dinero mensual bajo la amenaza de paralizar o dificultar el trabajo de la firma. Para resolver esta acusación, el juez López consideró que en el transcurso del proceso no quedó acreditada su autoría.
En tanto, el hecho identificado como número 4 corresponde a lo sucedido en la jornada del 22 de febrero de 2021, cuando -según el denunciante- los pagos mensuales indicados en el hecho anterior no se efectivizaron y la empresa fue paralizada por 4 días, impidiendo la actividad.
El juez absolvió a Cabaleyro de esta acusación “por no haberse acreditado la materialidad delictiva” del hecho.
Por último, el magistrado dictó la orden de “disponer la inmediata libertad del causante Maximiliano Cabaleyro, debiendo librarse los oficios correspondientes”.

