ANMAT revoca habilitaciones a Royal Farma por certificado falso

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la baja de todas las habilitaciones otorgadas a la firma Royal Farma S.A., luego de confirmar que la empresa presentó un certificado apócrifo en el marco de su participación en distintos procesos licitatorios públicos.
La medida quedó formalizada a través de la Disposición 6139/2026, publicada en el Boletín Oficial, donde se detalla el circuito administrativo y técnico que permitió detectar la maniobra. Según el documento, la Dirección de Gestión de Información Técnica (DGIT) tomó conocimiento del caso a partir de una consulta realizada por correo electrónico por la coordinadora general de proveedores del Ministerio de Economía de Santa Fe, Alejandrina Macedo, quien pidió verificar la validez de la habilitación de Royal Farma S.A. ante la ANMAT.
En la consulta se adjuntó el Certificado de Inscripción de Establecimiento que la empresa había presentado para intervenir en licitaciones. Al cotejar ese documento, la DGIT determinó que era apócrifo, lo que encendió las alarmas dentro del organismo sanitario nacional y derivó en la intervención de otras áreas técnicas especializadas.
Irregularidades detectadas y antecedentes judiciales
El Instituto Nacional de Productos Médicos (INPM) informó que, al revisar el sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), no encontró ningún trámite de renovación en curso por parte de Royal Farma S.A., pese a que la firma debía mantener actualizados sus permisos para operar. En paralelo, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEYGMPS) constató que la compañía no había iniciado la renovación del certificado de buenas prácticas de distribución.
En el expediente también se deja constancia de que se desconoce si Royal Farma cuenta con la correspondiente habilitación sanitaria jurisdiccional emitida por el Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, autoridad de control sobre la distribución mayorista de medicamentos en ese ámbito. Este punto es clave, ya que de la documentación colectada surge que la empresa tenía autorización para el tránsito interjurisdiccional de medicamentos, productos médicos y diagnósticos in vitro sin cadena de frío, con depósito y domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires.
La ANMAT remarcó que la situación implica que la firma “no se encuentra autorizada para distribuir, a título oneroso ni gratuito, medicamentos fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, lo que restringe de manera drástica su capacidad operativa. Además, se recordó que la propia DEYGMPS ya había denunciado en 2024 la presentación de documentos falsificados por parte de Royal Farma, causa que quedó radicada en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 2.
Impacto de la medida y resguardo de la salud pública
Con todos estos elementos, el director de la ANMAT, Gabriel Leonardo Barbagallo, resolvió dar de baja las habilitaciones de Royal Farma S.A., en una decisión que se inscribe en la política del organismo de reforzar los controles sobre la cadena de distribución de medicamentos y productos médicos en todo el país. La disposición apunta a preservar la trazabilidad, la transparencia y la seguridad en el abastecimiento a hospitales, clínicas y otros establecimientos de salud, tanto públicos como privados.
- La empresa es señalada por presentar un certificado de inscripción de establecimiento falsificado.
- No se registran trámites de renovación de habilitaciones ni de buenas prácticas de distribución ante los organismos competentes.
- La ANMAT ya había impulsado una denuncia penal previa por documentación apócrifa.
“No se encuentra autorizada para distribuir a título oneroso ni gratuito medicamentos fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, señala la disposición oficial respecto de la situación actual de Royal Farma S.A.
El caso vuelve a poner bajo la lupa el rol de los organismos de control en la regulación del mercado farmacéutico y refuerza la importancia de que los organismos estatales que realizan compras públicas verifiquen, en forma directa y permanente, la autenticidad de los certificados y documentos que presentan sus proveedores.

